BOLETIN OFICIAL Nº 133 – 06/11/2026

CONCEJO DELIBERANTE DE CIUDAD PERICO.-

ORDENANZA N° 2.078/2026.-

REF:_”INSTALACION DE RETARDADORES DE VELOCIDAD EN CALLE ATAHUALPA YUPANQUI, EN EL TRAMO COMPRENDIDO ENTRE CALLE JORGE HUGO CHAGRA Y CALLE JORGE CAFRUNE, BARRIO JOSÉ HERNANDEZ DE LA CIUDAD DE PERICO”.- EXPΤΕ. 13.167/26 – INIC. POR CJAL MARLENE ANAHÍ JUAREZ.

VISTO

La Carta Orgánica Municipal, El artículo 53, inc. 11 establece “Reglamentar las reparaciones y mejora de los bienes de uso público y de las vías de circulación, calzadas, caminos que correspondan a la jurisdicción municipal”.

La necesidad de garantizar el derecho a la salud, a la accesibilidad y a un ambiente sano a todos los habitantes, y el uso exitoso de retardadores de velocidad en otras ciudades para proteger y resguardar la integridad de las personas y;

CONSIDERANDO:

Que, es evidente la necesidad de instalar los retardadores de velocidad sobre la zona mencionada, teniendo en cuenta el gran tráfico afluente sobre todo los fines de semana, manifestando los vecinos su preocupación por los ruidos molestos generados por los vehículos que circulan a excesiva velocidad.

Que en el mencionado tramo se encuentra ubicada la plazoleta del barrio José Hernández, espacio público de recreación y encuentro al que concurren habitualmente niños, niñas y familias del sector;

Que, frente a dicho espacio, se advierte la circulación de vehículos a velocidades que pueden representar un riesgo para quienes ingresan, egresan o transitan en inmediaciones de la plazoleta, especialmente para los niños;

Que, los vecinos ya manifestaron reclamos en reiteradas oportunidades por accidentes de tránsito, atropello a mascotas y ruidos molestos

Que la instalación de reductores de velocidad frente a la mencionada plazoleta contribuirá a disminuir la velocidad de circulación vehicular y fortalecer las condiciones de seguridad vial y peatonal del sector.

Por todo ello;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CIUDAD PERICO

ORDENA:

ARTÍCULO Nº 1: El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área de Obras Públicas, deberá instalar retardadores de velocidad en calle Atahualpa Yupanqui entre calle Hugo chagra y calle Jorge Cafrune, barrio José Hernández de la ciudad de Perico.

ARTÍCULO N° 2: Los reductores de velocidad deberán ejecutarse respetando las condiciones técnicas y de seguridad correspondientes garantizando su adecuada visibilidad y señalización.

ARTÍCULO Nº3: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ordenanza serán imputados a las partidas de recursos ordinarios y/o extraordinarios del presupuesto vigente.

ARTÍCULO Nº 4: De forma. Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, regístrese, publíquese y archívese. –

SALA DE SESIONES, 01 DE OCTUBRE DE 2.026.-

Mario A. Abraham

Presidente