BOLETIN OFICIAL Nº 133 – 06/11/2026
MUNICIPAL DE CIUDAD PERICO.-
DECRETO Nº 634/2026.
CIUDAD PERICO 15 OCT. 2026.
Ref. VETO TOTAL del Proyecto de Ordenanza Nº 2.067 /2026 Creación del Programa Municipal de Reconocimiento y Apoyo a embajadores Deportivos, Culturales, Educativos, Tecnológicos y Literarios de la Ciudad de Perico. –
VISTO
El proyecto de Ordenanza Nº2.067/2026 mencionado precedentemente y que fuera sancionado por el Concejo Deliberante en fecha 01 de octubre de 2026 y;
CONSIDERANDO
Que el proyecto bajo análisis pretende entre otras cuestiones institucionalizar un esquema de apoyos económicos constantes y recurrentes en el tiempo, lo cual genera una obligación financiera permanente para las arcas municipales, pero omite de manera absoluta establecer una fuente de financiamiento real y de aplicación inmediata. La norma se limita a enunciar en su Artículo 10 que se “preverá anualmente en la elaboración del presupuesto general la partida presupuestaria”, desentendiéndose del respaldo económico que exige su puesta en marcha.
Que, asimismo, se detecta una manifiesta contradicción entre los Artículos 10 y 11 que torna inaplicable la misma. Mientras el Artículo 10 difiere la previsión de fondos a las futuras “elaboraciones de los presupuestos anuales” supeditándolo a la “disponibilidad”, el Artículo 11 exige de forma perentoria que dentro de los sesenta (60) días de su promulgación se establezcan criterios y procedimientos para la Inscripción en el Registro, evaluación de Solicitud y el “otorgamiento de los distintos apoyos”. Esta exigencia obliga a la administración a estructurar y abrir un Registro Municipal de manera inmediata, generando una expectativa de derecho en la comunidad y activando un mecanismo de otorgamiento para el cual no existe partida presupuestaria actual.
Que esta exigencia de ejecución a corto plazo resulta inviable por cuanto el Concejo Deliberante aún no ha aprobado el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2026.
Por todo ello y en virtud de las facultades conferidas por el Art. 49 de la Carta Orgánica Municipal:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE CIUDAD PERICO
DECRETA
ARTICULO 1º: VETAR EN TODAS SUS PARTES el Proyecto de Ordenanza N.º 2.067/2.026 precedentemente referenciado por las razones y fundamentos esgrimidos en el exordio.
ARTICULO 2º: REMITASE al Concejo Deliberante para conocimiento y efectos legales pertinentes, regístrese, comuníquese, publíquese. Cumplido. ARCHIVESE. –
Rolando Pascual Ficoseco
Intendente








