LEY Nº 1138
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY Nº 1138
ARTICULO 1.- Modifícase el Inciso c) de la Ley Nº 1048 en la siguiente forma:
“A la Comisión Municipal del Distrito de Monterrico para
adquirir un terreno para dar acceso al Cementerio de esa
localidad $ 3.000,00”
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, Jujuy, Agosto 27 de 1934.-
D. SALMORAL A. VARGAS ORELLANA
Secretario Presidente