BOLETIN OFICIAL Nº 131 – 02/11/2026
CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA QUIACA.-
ORDENANZA N° 19/2.026.-
VISTO:
La necesidad de optimizar el ordenamiento vial y la cobertura del servicio de taxis en el ejido municipal; las disposiciones generales del Sistema Integral de Transporte Urbano (SITU) reguladas en la “Ordenanza Nº 06/2016” y;
CONSIDERANDO:
Que, el crecimiento urbano y comercial de la ciudad exige adecuar los espacios reservados para el ascenso y descenso de pasajeros del servicio de transporte alternativo (taxis).
Que, la falta de espacios suficientes y estratégicos genera estacionamientos indebidos, demoras en el servicio e inconvenientes en la circulación vehicular general.
Que, resulta indispensable autorizar formalmente la ampliación de la capacidad de las paradas existentes, así como la incorporación de 11 nuevos sectores con alta afluencia peatonal, institucional y comercial en atención a la nota del Director de Tránsito recibida el 10 de septiembre del 2.026.
Que, la selección de estos sectores contempla criterios de visibilidad, accesibilidad peatonal y fluidez vehicular, garantizando la seguridad de los usuarios y conductores.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Constitución de la Provincia, la Ley Orgánica de los Municipios y el Reglamento Interno;
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA QUIACA SANCIONA LA ORDENANZA N° 19/2026
ARTÍCULO 1º: Objeto. Apruébese el Plan de “Ampliación y Creación de Paradas” Autorizadas para el Servicio Especial de Taxis en el ejido municipal de la ciudad de La Quiaca.
ARTÍCULO 2º: Ampliación de paradas existentes. Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Dirección de Tránsito, a realizar la extensión y ampliación de capacidad física de todas las paradas de taxis actualmente habilitadas.
ARTÍCULO 3º: Creación de nuevas paradas. Habilítense formalmente como nuevas paradas autorizadas para el servicio de taxis los siguientes 11 sectores estratégicos:
PARADA 1: Ruta 5 C.I.C.
- Ubicación: Av. Mártires de Yavi; entre calles Constitución Nacional y Carlos Cavanna)
PARADA 2: Playón Lamadrid
- Ubicación: Sector colindante con las casetas de venta de comidas “Kioscos” de la Av. Lamadrid
PARADA 3: Banco Macro
- Ubicación: Calle República Árabe Siria; entre calles 25 de Mayo y Belgrano
PARADA 4: España Norte
- Ubicación: Av. España Norte; entre calles Éxodo y Entre Ríos.
PARADA 5: Calle Jujuy
- Ubicación: Calle Jujuy; entre calles Prolongación Éxodo y Prolongación Entre Ríos
PARADA 6: Centro de Alto Rendimiento
- Ubicación: Av. Bolívar; entre Av. España Norte y calle Santa Fe.
PARADA 7: Calle Árabe Siria
- Ubicación: entre Av. Bolívar y Calle Éxodo.
PARADA 8: España Sur
- Ubicación: Av. España Sur; entre calle Ejercito del Norte y Pasaje 1
PARADA 9: Plaza Central
- Ubicación: Av. Sarmiento e Independencia, sector Noreste
PARADA 10: Calle Oratorio
- Ubicación: entre Dolores María de Arrieguez y Calle Oratorio
PARADA 11: Av. Paraguay (Escuela Nº 440)
- Ubicación: Av. Paraguay; entre Calle Oratorio y Av. José María Maidana
ARTÍCULO 4º: Señalización y demarcación. Encomiéndese al Poder Ejecutivo la inmediata delimitación, demarcación horizontal sobre calzada y colocación de cartelería vertical en cada uno de los sectores aprobados, garantizando un espacio adecuado sin afectar la libre circulación de la vía pública.
ARTÍCULO 5º: Normas complementarias. Modifíquese e intégrense las disposiciones de la presente ordenanza al marco regulatorio general fijado por la Ordenanza Nº 06/2016 (SITU).
ARTÍCULO 6º: De forma. Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, publíquese, regístrese y archívese.-
Sala de sesiones, a los 26 días del mes de octubre de 2.026.
Arq. Hugo Rubén Barro
Presidente








