BOLETIN OFICIAL Nº 130 – 30/10/2026
La Dra. Alejandra M. L. Caballero juez en la Cámara en lo Civil y Comercial – Sala III – Vocalía 8, en el expediente C-178847/2021, caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: ZERPA, ELBA y ZERPA, AYDE c/ DIONICIO, LUIS RODOLFO y MENDOZA, JOSE IRENEO”, notifica a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir, de la Providencia que a continuación se transcribe: “San Salvador de Jujuy, 19 de octubre de 2026.- 1. Atento lo informado precedentemente y a fin de la debida traba de la Litis (art. 439 del C.P.C.C.), confiérese traslado de la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva del inmueble individualizado como lote 173-b, manzana 15, según catastro individualizado como lote 172- a y lote 172-b, Padrón K-156), ubicado en calle Avellaneda N° 315 de la ciudad de Abra Pampa, Provincia de Jujuy, …, en la forma de estilo, por el plazo de QUINCE (15) DÍAS y, bajo apercibimiento de tener por admitidos los hechos lícitos afirmados por la parte actora (art. 337 del C.P.C.C. y 440 del C.P.C.C.).- 2. Intímase a los accionados para que, en igual término, constituyan domicilio dentro del perímetro de esta ciudad y denuncie correo electrónico válido, bajo apercibimiento de considerarlos notificado por Ministerio de la ley de todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza (art. 65 del C.P.C.C.).- A tales fines, líbrese las notificaciones correspondientes y publíquese edictos para los eventuales titulares de derecho que se publicarán por un día en el Boletín Oficial y un diario local, haciendo constar que se tendrán por notificados a partir del décimo quinto día posterior a su publicación.- 3. Lo solicitado por el Dr. ALFREDO PEDRO PILILI estése a lo dispuesto precedentemente.- 4. Notifíquese (Art. 169 del C.P.C.C.)”.- Firmado por Caballero, Alejandra – Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial. Firmado por Chorolque, Liliana – Secretario de Cámara.-
30 OCT. LIQ. Nº 45691 $1.900,00.-








