LEY Nº 1131
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY Nº 1131
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a ceder a título gratuito a
favor del Hospital Doctor Antonio Baldi de ésta ciudad, la fracción de
terreno de Ciento veinte metro de ancho por un largo total de terreno
que limita al Sud con la sucesión Luis Castañeda, al Este con la vía
del Ferro-Carril, al Oeste con el camino de acceso a la misma y al
Norte con terrenos de la Cárcel Pública, de cuyo terreno es
comprensión el que se cede por ésta Ley.
ARTICULO 2.- El terreno cedido será destinado a aislamiento, para
enfermos de ambos sexos.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, Jujuy, Agosto 22 de 1934.-
D. SALMORAL A. VARGAS ORELLANA
Secretario Presidente