BOLETIN OFICIAL Nº 127 – 23/10/2026

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

DECRETO Nº 2670.26.040.-

EXPEDIENTE N° 16 – 17563 – 2026.-

San Salvador de Jujuy, 16 OCT. 2026.-

VISTO:

La Ordenanza N° 8319/2026 (INSISTENCIA), sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 14/2026, celebrada el día 1 de Octubre de 2026, mediante la cual se crea el Programa Municipal de Podadores Barriales Certificados, destinado a regular, capacitar, registrar y controlar las intervenciones de poda sobre el arbolado público urbano en el ejido de la Ciudad de San Salvador de Jujuy; y

CONSIDERANDO:

Que, dicha norma es producto de la insistencia del Concejo Deliberante, en atención al veto del Proyecto de Ordenanza N° 8319/26 sancionado en Sesión Ordinaria N° 13/2026, efectuado a través del Decreto N° 2267.26.008 de fecha 03 de Septiembre 2026;

Que, ante ello y conforme lo establece el Artículo 40° de la Carta Orgánica Municipal, se hace necesario emitir el pertinente instrumento legal disponiendo la publicación de la referida Ordenanza;

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Téngase por Ordenanza N° 8319/2026 (INSISTENCIA), sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 14/2026, celebrada el día 1 de Octubre de 2026, mediante la cual se crea el Programa Municipal de Podadores Barriales Certificados, destinado a regular, capacitar, registrar y controlar las intervenciones de poda sobre el arbolado público urbano en el ejido de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Servicios Públicos, Dn. GUILLERMO F. MARENCO, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Secretaría de Servicios Públicos, y a la Coordinación General de Comunicación. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente