BOLETIN OFICIAL Nº 126 – 21/10/2026
Dr. Jorge Daniel Alsina- Juez Unipersonal de la Cámara en lo Civil y Comercial, Sala II, Vocalía Nº 5, de la Provincia de Jujuy, hace saber a MAXIMILIANO ELÍAS COLQUE, D.N.I. Nº 34.966.246, que en el EXPTE. N°: C-043151/2015, CARATULADO: “DAÑOS Y PERJUICIOS: “REYES, MARIO EZEQUIEL c/ COLQUE, MAXIMILIANO ELIAS Y OTRO”, se ha dictado el proveído que se transcribe a continuación: “San Salvador de Jujuy, 01 de octubre de 2.026. Visto: el Expte. Nº C-43.151/15 caratulado: “Ordinario por Daños y Perjuicios: Reyes, Mario Ezequiel c/ Colque, Maximiliano Elias; Arce, David Desiderio” y; Considerando:… Por los fundamentos expuestos, la Vocalía N° 5 de la Sala II de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, RESUELVE: I – Hacer lugar a la demanda por daños y perjuicios seguida por Mario Ezequiel Reyes en contra de Maximiliano Elías Colque, y David Desiderio Arce, condenándolos al pago integral en diez días, de la suma de $38.277.090,50 (comprensivo del daño físico, gastos y daño moral), con más los intereses establecidos en la sentencia. Rechazar los rubros de lucro cesante y daño psicológico. II – Imponer las costas a los demandados. III- Regular los honorarios del Dr. Guillermo Hernández en la suma de $10.717.585,34 y los del perito Dr. Marcelo Daniel Bellone en la suma de $1.531.083,62. Todo ello con más los intereses establecidos en los considerandos, e I.V.A. si correspondiere. IV- Notificar. Firmado Electrónicamente, por Alsina, Jorge Daniel – Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial- Gismano, Rocío- Secretario de Primera Instancia.”.- Publíquese por edictos en el Boletín Oficial y un diario de circulación local por un día.-
21 OCT. LIQ. Nº 45544 $1.900,00.-








