BOLETIN OFICIAL Nº 125 – 19/10/2026
CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO.-
ORDENANZA N° 535/2026.-
REF. “ADHESIÓN AL DECRETO NACIONAL N.º 437/2011 – SISTEMA DE PUNTOS APLICABLE A LA LICENCIA NACIONAL DE CONDUCIR”. (EXPTE 139–CD-2026 INICIADO POR LOS CONCEJALES: MARCELO E. LÓPEZ, TATIANA M. CAZON Y RAMON A. NARVAEZ).
VISTO Y CONSIDERANDO;
El Decreto Nacional N.º 437/2011, reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito N.º 24.449 y sus modificatorias; el Sistema de Puntos aplicable a la Licencia Nacional de Conducir y demás normas complementarias y modificatorias; la normativa provincial vigente en materia de tránsito y seguridad vial; y
Que, el Decreto Nacional N.º 437/2011 establece el Sistema de Puntos aplicable a la Licencia Nacional de Conducir y reglamenta distintos aspectos del régimen previsto por la Ley Nacional de Tránsito N.º 24.449, procurando establecer criterios uniformes para la prevención, control y sanción de las conductas que afectan la seguridad vial.
Que, dicho régimen constituye una herramienta destinada a complementar el sistema tradicional de sanciones, vinculando determinadas infracciones de tránsito con la pérdida de puntos de la licencia de conducir, de manera de promover una mayor responsabilidad por parte de quienes circulan en la vía pública y contribuir a la prevención de siniestros viales.
Que, la seguridad vial constituye una responsabilidad compartida entre los distintos niveles del Estado, resultando necesario fortalecer la coordinación entre las autoridades nacionales, provinciales y municipales con competencia en la materia, procurando que las políticas públicas de tránsito sean aplicadas de manera coherente y articulada dentro de sus respectivos ámbitos de competencia.
Que, el Decreto Nacional N.º 437/2011 contempla expresamente la posibilidad de que las Provincias y los Municipios adhieran al régimen, con el propósito de favorecer la unificación de criterios en materia de tránsito, seguridad vial y régimen sancionatorio.
Que, resulta conveniente que la Municipalidad de Puesto Viejo adopte las medidas necesarias para acompañar las políticas de seguridad vial, fortaleciendo las acciones de prevención, educación y control del tránsito, procurando reducir las conductas de riesgo y contribuir a la protección de la vida, la integridad física y los bienes de quienes transitan por las calles y rutas del ejido municipal, en el marco de las competencias que corresponden al Gobierno Municipal.
Por Ello;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.
Artículo 1º-. ADHIÉRASE, la Municipalidad de Puesto Viejo, en todos sus términos al Decreto Nacional N.º 437/2011 y sus normas modificatorias y complementarias, en particular al Sistema de Puntos aplicable a la Licencia Nacional de Conducir, en el ámbito de competencia de la Municipalidad de Puesto Viejo, conforme a la normativa nacional y provincial vigente en materia de tránsito y seguridad vial.
Artículo 2º-. ESTABLECER que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Dirección de Tránsito, adoptará las medidas administrativas, operativas y de coordinación que resulten necesarias para la implementación de la presente Ordenanza, promoviendo acciones de información, prevención, educación vial y articulación con los organismos provinciales y nacionales competentes.
Artículo 3º-. DE FORMA.-
SALA DE SESIONES, 01 DE OCTUBRE DE 2026.-
Marcelo Eduardo López
Presidente








