BOLETIN OFICIAL Nº 125 – 19/10/2026

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO.-

ORDENANZA N° 529/2026.-

REF. “PROGRAMA MUNICIPAL CLUB DE SABERES”. (EXPTE 135–CD-2026 INICIADO POR LOS CONCEJALES: MARCELO E. LÓPEZ, TATIANA M. CAZON Y RAMON A. NARVAEZ).

VISTO Y CONSIDERANDO;

La necesidad de promover políticas públicas municipales destinadas a fortalecer la participación activa de los adultos mayores de la comunidad, reconociendo y poniendo en valor sus conocimientos, experiencias, oficios, historias, costumbres y tradiciones locales; y

Que, los adultos mayores constituyen una parte fundamental de la comunidad y poseen un importante patrimonio de experiencias, conocimientos y saberes adquiridos a lo largo de sus trayectorias de vida, muchos de los cuales se encuentran estrechamente vinculados con la historia, la cultura, las actividades productivas, las costumbres y las formas de vida propias de nuestra comunidad.

Que, los conocimientos relacionados con oficios tradicionales, trabajos rurales, artesanías, cocina, elaboración de productos, música, relatos, juegos, prácticas comunitarias y otras expresiones culturales constituyen saberes que, en numerosos casos, han sido transmitidos de generación en generación y forman parte de la identidad de los pueblos y de la memoria colectiva de sus habitantes.

Que, el paso del tiempo y las transformaciones sociales, tecnológicas y culturales pueden generar que determinados conocimientos y prácticas tradicionales dejen de transmitirse, especialmente cuando no existen espacios destinados específicamente a favorecer el encuentro entre quienes poseen esos saberes y las nuevas generaciones interesadas en conocerlos, aprenderlos y preservarlos.

Que, resulta importante generar espacios comunitarios donde los adultos mayores puedan asumir un rol activo como transmisores de conocimientos, experiencias e historias, reconociendo su aporte a la sociedad y fortaleciendo su participación en actividades culturales, educativas y comunitarias, desde una perspectiva de integración y respeto entre las distintas generaciones.

Que, el intercambio intergeneracional permite fortalecer los vínculos comunitarios, promover el diálogo entre diferentes experiencias de vida y generar instancias de aprendizaje mutuo, posibilitando que niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos puedan acercarse a conocimientos que forman parte de la identidad de sus familias y de la comunidad en la que viven.

Que, el Municipio puede contribuir al desarrollo de estas iniciativas mediante la generación de espacios de participación y la articulación con organismos provinciales, establecimientos educativos, Centros de Atención Primaria de la Salud, clubes, asociaciones civiles, centros vecinales y demás organizaciones de la comunidad, procurando aprovechar los recursos, conocimientos e infraestructura existentes y favoreciendo una implementación progresiva y sustentable.

Por Ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.

Artículo 1º-. Créase en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo el Programa Municipal “Club de Saberes”, destinado a generar espacios comunitarios de encuentro, participación e intercambio intergeneracional, donde los adultos mayores puedan transmitir voluntariamente sus oficios, conocimientos, experiencias, historias, costumbres y tradiciones locales.

El Programa tendrá como finalidad reconocer el valor de los saberes acumulados por los adultos mayores, favorecer su participación activa en la comunidad, contribuir a la preservación de la memoria colectiva y promover la transmisión de conocimientos entre generaciones.

Artículo 2º-. El objeto de la presente Ordenanza es establecer un marco municipal para la promoción, organización y desarrollo de talleres, encuentros, jornadas y actividades destinadas a facilitar la transmisión de saberes y experiencias de los adultos mayores hacia las nuevas generaciones y demás integrantes de la comunidad.

Artículo 3º-. El objetivo general del Programa Municipal “Club de Saberes” será promover el intercambio intergeneracional y poner en valor los conocimientos, experiencias, oficios, historias y tradiciones de los adultos mayores de Puesto Viejo como parte del patrimonio social y cultural de la comunidad.

Artículo 4º-. Serán objetivos específicos del Programa:

  • Reconocer a los adultos mayores como protagonistas y transmisores de conocimientos y experiencias.
  • Promover la transmisión de oficios, técnicas, prácticas y saberes tradicionales.
  • Preservar historias, relatos, costumbres y tradiciones vinculadas con la identidad local.
  • Generar espacios de encuentro entre adultos mayores y las nuevas generaciones.
  • Favorecer la participación social, cultural y comunitaria de los adultos mayores.
  • Incentivar el aprendizaje de conocimientos tradicionales mediante actividades prácticas y participativas.
  • Fortalecer el sentido de pertenencia y el reconocimiento de la historia de los distintos barrios, localidades y parajes del Municipio.

Artículo 5º-. Será Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza el área de Adultos Mayores, la cual tendrá a su cargo la planificación, coordinación, implementación y seguimiento del Programa.

La Autoridad de Aplicación podrá convocar a otras áreas municipales cuando la temática o naturaleza de las actividades así lo requiera.

Artículo 6º-. Serán destinatarios del Programa los adultos mayores residentes en el ejido municipal que deseen participar voluntariamente como transmisores de conocimientos, oficios, experiencias, historias y tradiciones.

Asimismo, podrán participar niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos interesados en conocer y aprender los saberes compartidos, procurando promover especialmente la participación de establecimientos educativos, organizaciones comunitarias y grupos de distintas generaciones.

Artículo 7º-. La Autoridad de Aplicación podrá desarrollar, entre otras, las siguientes acciones:

  • Talleres de oficios y saberes tradicionales.
  • Encuentros de relatos e historias de la comunidad.
  • Talleres de cocina y recetas tradicionales.
  • Actividades de artesanías y técnicas manuales.
  • Espacios vinculados con huertas, prácticas rurales y conocimientos productivos.
  • Jornadas de música, juegos, costumbres y expresiones culturales tradicionales.
  • Encuentros intergeneracionales con escuelas y organizaciones comunitarias.
  • Ferias, muestras y exposiciones destinadas a exhibir los conocimientos y producciones desarrolladas dentro del Programa.
  • Otras actividades que resulten adecuadas para el cumplimiento de los objetivos establecidos en la presente Ordenanza.

Artículo 8º-. La Autoridad de Aplicación podrá articular acciones con organismos del Gobierno de la Provincia de Jujuy, Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS), establecimientos educativos de todos los niveles, clubes deportivos, asociaciones civiles, centros vecinales, organizaciones sociales, instituciones culturales y demás entidades públicas o privadas que puedan contribuir al cumplimiento de los objetivos del Programa.

La articulación podrá comprender el intercambio de conocimientos y recursos, utilización de espacios físicos, organización conjunta de actividades, talleres, jornadas y campañas, así como toda otra acción que contribuya al desarrollo del Programa, procurando aprovechar la infraestructura y los recursos humanos disponibles.

Artículo 9º-. La Autoridad de Aplicación podrá establecer anualmente un calendario de actividades del Programa, contemplando jornadas de intercambio de saberes, encuentros intergeneracionales, ferias comunitarias, muestras culturales y actividades especiales vinculadas con la historia, identidad y tradiciones de Puesto Viejo.

Asimismo, podrá promover campañas de difusión destinadas a incentivar la participación de adultos mayores que deseen compartir sus conocimientos y de vecinos interesados en aprenderlos.

Artículo 10º-. La Autoridad de Aplicación podrá realizar evaluaciones periódicas de las actividades desarrolladas, a fin de conocer su alcance, participación y resultados y efectuar las modificaciones que considere necesarias para mejorar el funcionamiento del Programa.

Artículo 11º-. DE FORMA.-

SALA DE SESIONES, 01 DE OCTUBRE DE 2026.-

Marcelo Eduardo López

Presidente