BOLETIN OFICIAL Nº 125 – 19/10/2026

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO.-

ORDENANZA N° 527/2026.-

REF. “ADHESIÓN A LEY PROVINCIAL N.º 6520 – DÍA PROVINCIAL DE LOS CUIDADOS Y EL APOYO”. (EXPTE 133–CD-2026 INICIADO POR LOS CONCEJALES: MARCELO E. LÓPEZ, TATIANA M. CAZON Y RAMON A. NARVAEZ).

VISTO Y CONSIDERANDO;

La Ley Provincial N.º 6520 de la Provincia de Jujuy, mediante la cual se instituye el día 29 de octubre de cada año como “Día Provincial de los Cuidados y el Apoyo”, y;

Que, la Ley Provincial N.º 6520 reconoce la importancia de visibilizar, promover y fortalecer el derecho al cuidado y al apoyo como componentes fundamentales para el bienestar y el desarrollo integral de las personas, instituyendo el día 29 de octubre de cada año como “Día Provincial de los Cuidados y el Apoyo”, con el objeto de generar conciencia acerca del contenido, alcance e importancia de este derecho y su necesaria interacción con otros derechos humanos.

Que, el cuidado constituye una dimensión esencial de la vida en sociedad, comprendiendo aquellas actividades, tareas y relaciones destinadas a atender las necesidades físicas, emocionales, sociales y cotidianas de las personas, particularmente de quienes requieren mayores niveles de acompañamiento, tales como niñas, niños y adolescentes, personas mayores, personas con discapacidad y quienes atraviesan situaciones de vulnerabilidad o dependencia.

Que, históricamente gran parte de las tareas de cuidado han recaído de manera desigual sobre las familias y, dentro de ellas, principalmente sobre las mujeres, muchas veces de manera no remunerada, generando importantes desigualdades en la distribución del tiempo, las oportunidades laborales, educativas, económicas y sociales; resultando necesario promover una concepción del cuidado basada en la corresponsabilidad entre las personas, las familias, la comunidad, el Estado y los distintos actores sociales.

Que, reconocer el cuidado como un derecho implica comprender que todas las personas tienen derecho a recibir cuidados adecuados, a cuidar en condiciones dignas y a ejercer el autocuidado, procurando que estas dimensiones se desarrollen bajo principios de igualdad, solidaridad, corresponsabilidad, respeto por la autonomía y dignidad humana, evitando que las responsabilidades de cuidado constituyan un obstáculo para el pleno ejercicio de otros derechos.

Que, la comunidad constituye un ámbito fundamental para la construcción de redes de apoyo y acompañamiento, por lo que resulta necesario que desde el Estado Municipal se generen acciones de sensibilización, información y participación que permitan instalar la temática de los cuidados en la agenda pública local, promoviendo una cultura comunitaria que reconozca y valore el trabajo de quienes cuidan y favorezca la construcción de redes solidarias.

Que, la adhesión a la Ley Provincial N.º 6520 representa una oportunidad para que el Municipio de Puesto Viejo acompañe institucionalmente esta política pública, incorporando la perspectiva de los cuidados y el apoyo en las acciones de sensibilización que se desarrollen en el ámbito municipal, articulando con instituciones educativas, sanitarias, organizaciones comunitarias, clubes, centros vecinales y demás actores de la sociedad civil cuando resulte pertinente.

Que, resulta conveniente que el 29 de octubre de cada año constituya en el ámbito municipal una fecha destinada a promover actividades de concientización, reflexión y difusión sobre el derecho al cuidado y al apoyo, procurando visibilizar su importancia para la construcción de una comunidad más inclusiva, solidaria y equitativa, y fortaleciendo el compromiso del Estado Municipal con la protección integral de las personas y con la igualdad de oportunidades.

Por Ello;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.

Artículo 1º-. ADHIÉRASE, la Municipalidad de Puesto Viejo, en todos sus términos a Ley Provincial N.º 6520, que instituye el día 29 de octubre de cada año como “Día Provincial de los Cuidados y el Apoyo”, con el objeto de acompañar y promover en el ámbito municipal acciones destinadas a concientizar, sensibilizar y visibilizar el derecho al cuidado y al apoyo, su importancia para la vida comunitaria y su vinculación con el ejercicio efectivo de otros derechos.

Artículo 2º-. FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda, a organizar y/o promover durante el mes de octubre, y especialmente el día 29 de octubre de cada año, jornadas, campañas, charlas, talleres, actividades comunitarias y acciones de difusión y sensibilización relacionadas con el derecho al cuidado y al apoyo, procurando fomentar la corresponsabilidad en las tareas de cuidado, reconocer el valor social de quienes las realizan y fortalecer las redes comunitarias de acompañamiento.

Artículo 3º-. DE FORMA.-

SALA DE SESIONES, 17 DE SEPTIEMBRE DE 2026.-

Marcelo Eduardo López

Presidente