BOLETIN OFICIAL Nº 124 – 16/10/2026

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PAMPA BLANCA.-

ORDENANZA Nº 046/2.026.-

REF: RECTIFICACION DE ORDENANZA N°042/2025.

VISTO:

La Ordenanza Municipal Nº042/2025; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ordenanza Municipal Nº 042/2025 se estableció el régimen aplicable respecto del inmueble municipal destinado al funcionamiento de la Feria Municipal “25 de Septiembre”, determinándose las condiciones relativas a su administración, uso, ocupación y funcionamiento;

Que, habiéndose procedido a la revisión de los antecedentes dominiales, catastrales y administrativos correspondientes al inmueble objeto de dicha normativa, se ha advertido la existencia de un error material en su identificación, toda vez que en la Ordenanza Nº042/2025 se consignó como Lote 1, Manzana 29, Barrio Libertad (Ex Fiscal), cuando corresponde consignar Lote 1, Manzana 28, Barrio Libertad (Ex Fiscal);

Que corresponde, en consecuencia, proceder a la rectificación del dato consignado erróneamente, a fin de adecuar la identificación del inmueble a sus antecedentes dominiales y catastrales y dotar de certeza y precisión a la normativa municipal;

Que la presente rectificación reviste carácter estrictamente material y tiene por único objeto corregir la identificación del inmueble, sin alterar el objeto, finalidad, alcance, derechos, obligaciones ni demás disposiciones contenidas en la Ordenanza Municipal Nº042/2025;

Que resulta necesario efectuar la correspondiente rectificación mediante una nueva ordenanza, otorgando adecuada publicidad al acto y garantizando la seguridad jurídica y la correcta aplicación de la normativa municipal;

Que corresponde al Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, disponer la modificación y/o rectificación de las ordenanzas municipales vigentes;

Por Ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PAMPABLANCA

ORDENA:

ARTÍCULO 1º: RECTIFÍCASE el error material contenido en la Ordenanza Municipal Nº042/2025, en todas aquellas disposiciones en las que se identifica el inmueble objeto de la misma como “Lote 1, Manzana 29, Barrio Libertad (Ex Fiscal)”, debiendo consignarse correctamente “Lote 1, Manzana 28, Barrio Libertad (Ex Fiscal)”.

ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE que la presente rectificación se limita exclusivamente a la correcta identificación catastral del inmueble referido en el artículo precedente, manteniéndose plenamente vigentes y sin modificación alguna el objeto, finalidad, alcance y demás disposiciones establecidas por la Ordenanza Municipal N°042/2025.

ARTÍCULO 3°: DISPÓNESE que la presente Ordenanza se considere integrante y complementaria de la Ordenanza Municipal Nº042/2025, debiendo ambas normas ser interpretadas y aplicadas conjuntamente, con la rectificación establecida en el artículo 1º de la presente.

ARTÍCULO 4°: ENCOMIÉNDASE al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de las áreas competentes, proceda a incorporar copia de la presente Ordenanza a los antecedentes administrativos correspondientes al inmueble y a la Feria Municipal “25 de Septiembre”, dejando debida constancia de la rectificación efectuada.

ARTÍCULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publicación y demás efectos que correspondan.

ARTÍCULO 6°: COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.

SALA DE SESIONES, C.D PAMPA BLANCA 8 DE OCTUBRE DEL 2.026.-

Gabriela Rivero

Presidente