BOLETIN OFICIAL Nº 121 – 09/10/2026

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

DECRETO Nº 2607.26.006.-

EXPEDIENTE Nº 16 –17579–/2026- 1.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 OCT. 2026.-

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 8346/2026, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 14/2026 de fecha 01 de Octubre 2026, mediante el cual se declara Utilidad Pública y sujeto a adquisición, en los términos de los Artículos 43° inc. 25) y 96° de la Carta Orgánica Municipal, el Inmueble denominado históricamente “Hotel Savoy”, individualizado registralmente con Matricula A-29089, Padrón A-1672, Circunscripción 1, Sección 1, Manzana 54, Parcela 1, ubicado en calle General Alvear N° 415 y General Alvear N° 441 esquina Avenida General Justo José de Urquiza de la Ciudad de San Salvador de Jujuy; y

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento la Secretaría de Gobierno, la misma expresa que no existe objeción a dicha normativa, por lo cual estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal;

EL SEÑOR INTENDENTE DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Promúlguese la Ordenanza N° 8346/2026, Proyecto sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 14/2026 de fecha 01 de Octubre 2026, mediante la cual se declara Utilidad Pública y sujeto a adquisición, en los términos de los Artículos 43° inc. 25) y 96° de la Carta Orgánica Municipal, el Inmueble denominado históricamente “Hotel Savoy”, individualizado registralmente con Matricula A-29089, Padrón A-1672, Circunscripción 1, Sección 1, Manzana 54, Parcela 1, ubicado en calle General Alvear N° 415 y General Alvear N° 441 esquina Avenida General Justo José de Urquiza de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-

ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno Dr. ALDAO FASCIO EZEQUIEL conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a conocimiento y demás fines a la Secretaria de Gobierno, Secretaria de Hacienda, Dirección de Notarial, Intendencia Municipal y Coordinación General de Comunicación Municipal. Asimismo, comuníquese al Concejo Deliberante de San Salvador de Jujuy.-

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente