BOLETIN OFICIAL Nº 119 – 05/10/2026

DECRETO Nº 5952-JG/2026.-

EXPTE. Nº 1414-710/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 SEP. 2026.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Hágase lugar a la DENUNCIA DE ILEGITIMIDAD interpuesta por el Cabo Primero OSCAR ARMANDO GONZÁLEZ, D.N.I. N° 28.064.004, Legajo Policial N° 15.464, contra el Decreto N° 4254-MS-2021, por las razones expuestas en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo precedente, déjese sin efecto el Decreto N° 4254-MS-2021, mediante el cual se dispuso la aplicación de la sanción disciplinaria de destitución en la modalidad de cesantía al Cabo Primero OSCAR ARMANDO GONZÁLEZ, a partir de la fecha del presente.-

ARTÍCULO 3º.- Dispónese la REINCORPORACIÓN del Cabo Primero OSCAR ARMANDO GONZÁLEZ, D.N.I. N° 28.064.004, Legajo Policial N° 15.464, a la Policía de la Provincia de Jujuy, a partir de la fecha del presente Decreto, debiendo el mencionado organismo adoptar las medidas administrativas necesarias para hacer efectiva su reincorporación y regularizar su situación de revista conforme corresponda.-

ARTÍCULO 4º.- Rechácese el pedido de reconocimiento y pago de salarios caídos formulado por el interesado respecto del período anterior a la reincorporación dispuesta por el artículo precedente, conforme el alcance temporal establecido en el presente Decreto.-

ARTÍCULO 5º.- Instrúyase al Ministerio de Seguridad para que disponga la formación de actuaciones administrativas destinadas a determinar las causas de la demora producida entre el dictado del Decreto N° 4254-MS-2021 y su efectiva notificación al interesado, individualizar la intervención que correspondió a los distintos organismos, funcionarios y agentes durante dicho período y, en su caso, determinar las responsabilidades administrativas que pudieran corresponder.-

ARTÍCULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Jefe de Gabinete y de Seguridad.-

ARTÍCULO 7º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Notifíquese al interesado por Despacho del Ministerio de Seguridad. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia. Cumplido, pase al Ministerio de Seguridad a sus efectos.-

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR