LEY Nº 2939

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXP. Nº 785/1973.-
San Salvador de Jujuy, 18 de enero de 1973.-
VISTO:
Lo establecido en los Artículos 6º y 66º de la Ley Nº
2849/72, y
CONSIDERANDO:
Que habiéndose fijado para la Universidad Provincial de
Jujuy como base de su organización académica y administrativa el sistema
de Facultades, resulta más conveniente que el Instituto Superior de
Ciencias Económicas se denomine y estructure conforme con dicho sistema;
Que dicha transformación estructural no requiere la
aprobación de las autoridades nacionales, pues no implica la aprobación
de una nueva carrera, título o grado académico;
Que la proyectada carrera de Ingeniería Industrial fue
luego sustituida por la de Ingeniería Química, otorgándosele validez
nacional a los estudios y títulos correspondientes por Decreto Nº 6483/72
del Poder Ejecutivo Nacional, y en consecuencia corresponde modificar la
denominación de la Facultad dentro de cuyo ámbito se cursa;
Por ello, en ejercicio de las facultades legislativas que
le confiere el Artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina, y
atento a la autorización concedida por el Gobierno Nacional mediante
Decreto Nº 205/1972.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY Nº 2939/1973
ARTICULO 1º.- El Instituto Superior de Ciencias Económicas incorporado a
la Universidad Provincial de Jujuy por la Ley Nº 2849/72, se denominará
en lo sucesivo “Facultad de Ciencias Económicas”, y se estructurará y
funcionará de acuerdo con las mismas normas legales y estatutarias que
rigen a las demás Facultades de dicha Universidad.
ARTICULO 2º.- La Facultad de Ingeniería Industrial dependiente de la
mencionada Universidad, se denominará en lo sucesivo “Facultad de
Ingeniería Química”.
ARTICULO 3º.- Solicítase al Poder Ejecutivo Nacional que, por intermedio
del Ministerio de Cultura y Educación se registren los cambios
determinados en la presente Ley, a sus efectos.
ARTICULO 4º.- Cúmplase, comuníquese al Poder Ejecutivo Naciaonal,
publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial y, previa
toma de razón por el Tribunal de Cuentas y Contaduría General, archívese.
SHUKRI JOSÉ
Ministro de Gobierno
MANUEL PÉREZ
Gobernador