BOLETIN OFICIAL Nº 118 – 02/10/2026

CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

ORDENANZA Nº 8275/2026.-

EXPTE. N° 776-X-2025 c/Agdo. 20438/2025.-

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 8275/2026

ARTÍCULO 1º.- Aprobación. Apruébase en todos sus términos el PLAN DE DESARROLLO TURISTICO SOSTENIBLE – SAN SALVADOR DE JUJUY 2030, elaborado por la Secretaría de Cultura, Educación y Turismo – Dirección General de Turismo de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, el cual como Anexo integra la presente Ordenanza.-

ARTÍCULO 2º.- Carácter vinculante. Declárase de carácter estratégico, transversal y vinculante a las disposiciones, metas y ejes de acción contenidos en el Plan de Desarrollo Turístico Sostenible, constituyéndose como política pública local en la materia.-

ARTÍCULO 3º.- Objetivos del Plan de Desarrollo Turístico Sostenible. Los objetivos principales son:

  1. Consolidar a la Ciudad de San Salvador de Jujuy como destino turístico innovador, referente de la Región.
  2. Promoción de su identidad, atractivos y servicios turísticos de calidad.
  3. Priorizar la inclusión la participación público-privada y la sostenibilidad en beneficio de la comunidad local y de los visitantes.
  4. Potenciar y diversificar la oferta turística actual para aportar valor a la experiencia de los visitantes mediante la mejora en instalaciones, infraestructuras y servicios.
  5. Crear e impulsar el diseño de productos turísticos innovadores, inclusivos, accesibles y atrayentes.
  6. Fomentar la Investigación y Desarrollo como herramientas para generar conocimiento y soluciones Innovadoras que mejoren productos, servicios y procesos.-

ARTÍCULO 4º.- Aplicación transversal. Todas las Secretarías, Áreas y Dependencias Municipales, deberán considerar los lineamientos del Plan de Desarrollo Turístico Sostenible, en la formulación, ejecución y evaluación de sus políticas, planes, programas y proyectos.-

ARTÍCULO 5º.- Presupuesto. El Departamento Ejecutivo, deberá asignar partidas específicas en el Presupuesto Anual para la implementación del Plan de Desarrollo Turístico Sostenible e impulsar la búsqueda de fuentes complementarias de financiamiento a Nivel Nacional e Internacional.-

ARTICULO 6°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido, archívese.-

SALA DE SESIONES, viernes 05 de junio de 2026.-

Dr. Gastón Millon