BOLETIN OFICIAL Nº 117 – 30/09/2026

MUNICIPALIDAD DE CIUDAD PERICO.-

DECRETO N° 559/2.026.-

CIUDAD DE PERICO, 10 SEPT. 2.026.-

Ref.: VETO TOTAL del Proyecto de Ordenanza N° 2.044/2026 Instituciones y Organizaciones que reciban aportes del Estado Nacional, Provincial y/o Municipal deberán abstenerse de exhibir Cartelería Política.-

VISTO

El Proyecto de Ordenanza N° 2.044/2.026 mencionado precedentemente y que fuera sancionado por el Concejo Deliberante en fecha 27 de Agosto de 2.026; y

CONSIDERANDO

Que es deber del Departamento Ejecutivo examinar la legalidad y constitucionalidad de los proyectos sancionados antes de su promulgación.

Que la prohibición absoluta de exhibir cartelería o propaganda político-partidaria dentro de organizaciones civiles afecta de manera directa la libertad de expresión y de pensamiento.

Que este derecho fundamental está garantizado por el Artículo 14 de la Constitución Nacional, el cual prohíbe la censura previa, y el Artículo 13 del Pacto de San José de Costa Rica (Convención Americana sobre Derechos Humanos), que resguarda la libertad de difundir ideas de toda índole.

Que condicionar la entrega de subsidios o asistencia estatal a la renuncia de la expresión política configura un mecanismo de censura indirecta, vulnerando la autonomía de la sociedad y la diversidad de ideas.

Por ello y en virtud de las facultades conferidas por el Art. 49 de la Carta Orgánica Municipal y normativa vigente:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE CIUDAD PERICO

DECRETA

ARTICULO 1°: VETAR EN TODAS SUS PARTES el Proyecto de Ordenanza N° 2.044/2.026 precedentemente referenciado por los fundamentos esgrimidos en el exordio del presente Decreto.-

ARTICULO 2: Remítase al Concejo Deliberante para su conocimiento y efectos legales pertinentes, publíquese, regístrese, cumplido. ARCHIVESE.-

Ing. Rolando Pascual Ficoseco

Intendente