BOLETIN OFICIAL Nº 116 – 28/09/2026

ACTA NÚMERO 10 REUNIÓN EXTRAORDINARIA DE SOCIOS LPO AGRO E INDUSTRIA DE JUJUY S.R.L. En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 18 días del mes de agosto de 2026, siendo las 11 horas, se reúnen en la sede social de “LPO AGRO E INDUSTRIA DE JUJUY S.R.L.”, sita en calle Independencia N.º 604 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, los socios: 1. CÉSAR NICOLÁS SCARO CARRIZO, D.N.I. N.º 36.225.738, CUIL 20-36225738-8, con fecha de nacimiento 16 de junio de 1994, con domicilio en ruta N° 42 s/n de la ciudad del Carmen, provincia de Jujuy , correo electrónico nicolassafemining@gmail.com, estado civil casado, profesión empresario titular del veinticinco por ciento (25%) del capital social; 2. LEANDRO BERNIS, D.N.I. N.º 36.182.981, CUIL 20-36182981-7, con fecha de nacimiento 28 de junio de 1993, con domicilio en calle Puerto Rico N° 701, Ciudad de Nieva, San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy, correo electrónico bernisleolb@gmail.com, estado civil casado, profesión Licenciado en Administración titular del veinticinco por ciento (25%) del capital social; 3. JUAN GASTÓN ÁLVAREZ, D.N.I. N.º 40.710.700, CUIL 20-40710700-5, con fecha de nacimiento 10 de noviembre de 1997, domicilio en calle Juan Scaro N° 710, Ciudad de Nieva, San Salvador de Jujuy, Jujuy, correo electrónico gastonalva122@gmail.com, estado civil soltero, profesión ingeniero agrónomo, titular del veinticinco por ciento (25%) del capital social; y 4. JUAN IGNACIO BOGGIONE, D.N.I. Nº 37.729.388, CUIL 20- 37729388-7, con fecha de nacimiento 25 de octubre de 1995, domicilio en Av. Pasquini López N° 356, Alto la Viña, San Salvador de Jujuy, correo electrónico juanboggione95@gmail.com, estado civil soltero, profesión ingeniero agrónomo titular del veinticinco por ciento (25%) del capital social. Encontrándose presente la totalidad de los socios y, por lo tanto, representado el cien por ciento (100%) del capital social, se declara válidamente constituida la reunión, resolviendo los presentes tratar el siguiente: ORDEN DEL DÍA 1. Consideración de la disolución anticipada de LPO AGRO E INDUSTRIA DE JUJUY S.R.L. 2. Apertura del proceso de liquidación de la sociedad y determinación de las medidas necesarias para la cancelación de la totalidad de sus obligaciones. 3. Designación de liquidador, representante y firmante de la sociedad durante el proceso de liquidación. 4. Otorgamiento de facultades a la Contadora María Roberta de los Ángeles Rolon Gamarra para la realización integral de las gestiones necesarias para la disolución, liquidación y posterior cancelación registral de la sociedad. 5. Designación de las personas autorizadas para suscribir la presente acta y demás documentación necesaria. PRIMER PUNTO: DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD Abierta la reunión, los socios manifiestan que, luego de analizar la situación actual de la sociedad y no existiendo interés en continuar con el desarrollo de la actividad societaria, consideran conveniente disponer su disolución anticipada por decisión de los socios, de conformidad con el artículo 94 inciso 1 de la Ley General de Sociedades N.º 19.550 y demás normas aplicables. Sometida la propuesta a consideración, los socios RESUELVEN POR UNANIMIDAD: Disponer la disolución anticipada de “LPO AGRO E INDUSTRIA DE JUJUY S.R.L.”, con efectos a partir de la fecha de la presente acta, dando inicio al correspondiente proceso disolución y de liquidación. SEGUNDO PUNTO: APERTURA DEL PROCESO DE LIQUIDACIÓN Y CANCELACIÓN DE PASIVOS Los socios resuelven dar inicio inmediato al proceso de liquidación de la sociedad, instruyendo expresamente a quien resulte designado liquidador para que efectúe todas las tareas necesarias tendientes a determinar la situación patrimonial, económica, financiera, fiscal y jurídica de la sociedad. En particular, deberá procederse a: a) confeccionar el inventario y balance correspondiente al inicio de la liquidación; b) determinar la totalidad de los activos, créditos, bienes y derechos de titularidad de la sociedad; c) individualizar la totalidad de las obligaciones y deudas sociales existentes, cualquiera sea su naturaleza, incluyendo obligaciones comerciales, bancarias, fiscales, laborales, previsionales, contractuales, profesionales y cualquier otro compromiso pendiente; d) gestionar el cobro de los créditos y acreencias a favor de la sociedad; e) proceder a la cancelación de la totalidad de las obligaciones y deudas sociales; f) realizar, cuando resulte necesario para el proceso de liquidación, los activos de la sociedad y ejecutar los actos necesarios para obtener los fondos destinados a la cancelación del pasivo; g) efectuar las bajas, cierres y cancelaciones que correspondan ante organismos fiscales, registros, entidades bancarias, financieras, municipales, provinciales y nacionales; h) cancelar las cuentas bancarias y financieras de la sociedad una vez concluidas las operaciones que resulte necesario realizar a través de ellas; y i) adoptar toda otra medida necesaria para concluir ordenadamente las relaciones jurídicas y económicas pendientes de la sociedad. Se deja expresamente establecido que no podrá efectuarse distribución alguna de fondos, bienes o activos remanentes entre los socios mientras existan obligaciones sociales pendientes de cancelación o que no se encuentren debidamente garantizadas. Asimismo, antes de solicitarse la cancelación definitiva de la inscripción de la sociedad deberá verificarse que la totalidad de las deudas y obligaciones sociales hayan sido íntegramente canceladas, extinguidas o debidamente garantizadas, según corresponda. Finalizada esta etapa deberá confeccionarse el Balance Final de Liquidación y el correspondiente Proyecto de Distribución, los que serán sometidos a consideración y aprobación de los socios mediante la correspondiente reunión. La moción es aprobada por unanimidad. TERCER PUNTO: DESIGNACIÓN DE LIQUIDADOR, REPRESENTANTE Y FIRMANTE A continuación, los socios consideran la necesidad de designar a la persona que tendrá a su cargo la representación de la sociedad durante todo el proceso de liquidación. Luego de un intercambio de opiniones, los socios RESUELVEN POR UNANIMIDAD designar al Sr. LEANDRO BERNIS, D.N.I. Nº 36.182.981, como LIQUIDADOR, REPRESENTANTE y FIRMANTE de “LPO AGRO E INDUSTRIA DE JUJUY S.R.L. EN LIQUIDACIÓN”, quien continuará ejerciendo la representación administrativa de la sociedad con las facultades necesarias para ejecutar las decisiones adoptadas mediante la presente. El Sr. Leandro Bernis tendrá amplias facultades para realizar todos los actos necesarios o convenientes para la liquidación, realización del activo y cancelación del pasivo social, pudiendo especialmente: 1. representar a la sociedad ante organismos públicos y privados, nacionales, provinciales y municipales; 2. actuar ante la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales – Registro Público de la Provincia de Jujuy; 3. representar a la sociedad ante ARCA, Dirección Provincial de Rentas, organismos municipales y demás autoridades fiscales; 4. actuar ante bancos, entidades financieras, proveedores, clientes, profesionales y terceros; 5. firmar balances, informes, formularios y documentación vinculada con la liquidación; y 6. ejecutar, en general, todos los actos necesarios para obtener la efectiva liquidación y posterior cancelación registral de la sociedad. El Sr. Leandro Bernis ACEPTA EXPRESAMENTE LA DESIGNACIÓN Y LAS FACULTADES CONFERIDAS. A los efectos del proceso de liquidación constituye domicilio especial en calle Independencia Nº 604, San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, sin perjuicio de la posibilidad de constituir domicilios especiales adicionales cuando algún trámite así lo requiera. CUARTO PUNTO: AUTORIZACIÓN Y PODER A LA C.P. MARIA ROBERTA DE LOS ANGELES ROLON GAMARRA Encomendar a una profesional la realización y seguimiento integral de las actuaciones administrativas y registrales necesarias para iniciar – concluir el proceso societario. En consecuencia, los socios RESUELVEN POR UNANIMIDAD autorizar y apoderar especialmente a la C.P. María Roberta de los Ángeles Rolon Gamarra, DNI 32.001.898 para que, en nombre y representación de la sociedad y conjuntamente con el liquidador cuando la naturaleza del acto así lo requiera, lleve adelante la totalidad de los trámites relacionados con la disolución, liquidación y cancelación definitiva de LPO AGRO E INDUSTRIA DE JUJUY S.R.L. A tales efectos queda especialmente facultada para: a) efectuar presentaciones ante la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales – Registro Público de la Provincia de Jujuy; b) solicitar la inscripción de la disolución y de la designación del liquidador; c) acompañar instrumentos, actas, certificaciones, balances y demás documentación; d) presentar, retirar y desglosar documentación; e) contestar vistas, observaciones y requerimientos; f) solicitar y gestionar publicaciones de edictos; g) abonar tasas, aranceles y derechos administrativos; h) suscribir escritos de mero trámite y documentación administrativa cuando legalmente corresponda; i) gestionar las actuaciones necesarias ante ARCA, Rentas de la Provincia, organismos municipales y demás reparticiones públicas relacionadas con la baja y cierre de la sociedad; j) solicitar informes, certificados y constancias; k) realizar todas las diligencias necesarias hasta obtener la inscripción de la disolución, liquidación y cancelación definitiva de la matrícula societaria; l) efectuar cuantos actos de gestión y trámite resulten necesarios para el cumplimiento de la presente decisión. Las facultades conferidas tienen por finalidad exclusiva la ejecución de los trámites necesarios para la liquidación y cierre societario, manteniéndose Leandro Bernis como liquidador, representante y firmante de la sociedad durante dicho proceso. QUINTO PUNTO: FIRMA Y EJECUCIÓN DE LO RESUELTO Los socios resuelven autorizar al Sr. Leandro Bernis para suscribir todos los instrumentos, declaraciones juradas, notas, formularios y demás documentación que resulte necesaria para instrumentar y ejecutar las decisiones adoptadas en esta reunión. Asimismo, los cuatro socios prestan expresa conformidad con las resoluciones adoptadas en la presente y facultan al liquidador y a la CP. María Roberta de los Ángeles Rolon Gamarra para efectuar las adecuaciones formales que pudieran ser requeridas por la autoridad registral, siempre que las mismas no alteren el contenido sustancial de las decisiones aquí adoptadas. No habiendo más asuntos que tratar, y luego de ratificarse íntegramente las resoluciones precedentes, se da por finalizada la reunión siendo las 13 horas, firmando los socios la presente acta en prueba de total conformidad. ACEPTACIÓN DEL CARGO DE LIQUIDADOR LEANDRO BERNIS, D.N.I. N.º 36.182.981, acepta expresamente el cargo de Liquidador de “LPO AGRO E INDUSTRIA DE JUJUY S.R.L. EN LIQUIDACIÓN”, constituyendo domicilio especial en calle Independencia N.º 604, San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy y Declara SI ser Persona expuesta Políticamente -Resolución N° 11/2011 U.I.F.- y ni alcanzado por Incompatibilidades y prohibiciones Ley N° 19.550.- ESC. MARIA LAURA MORALES- TIT. REG. Nº 74- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-

RESOLUCION Nº 720-DPSC-2026- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-449-2026- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-

San Salvador de Jujuy, 16 de Septiembre de 2026.-

DR. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

  • 28 SEPT. LIQ. Nº 45258 $3.400,00.-