BOLETIN OFICIAL Nº 115 – 25/09/2026

La Dra. Jiménez, Norma Amalia – Juez del Tribunal de Familia – Sala I – Vocalía 2, en el expediente C-297816/2026, caratulado: “PROCESO VOLUNTARIO: VILTE, NAYLA JULIETA”, notifica de la providencia que a continuación se transcribe: SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DE MAYO DE 2026. 1.- Téngase presente el informe actuarial que antecede. 2.- Téngase por presentada a la Dra. Carolina Gabriela Verti en nombre y representación de la Sra. NAYLA JULIETA VILTE, D.N.I. N° 45.764.828 a mérito de carta poder y por constituido domicilio legal y parte. 3.- Admítase la presente acción de Rectificación de Partida de Nacimiento, a la que se le dará el trámite previsto por el art. 673 y ss. del CPCyC de la Provincia de Jujuy. 4.- Agréguese la documentación acompañada y téngase presente para su oportunidad. 5.- Líbrese oficio al Registro Civil y Capacidad de las Personas a fin de que emita dictamen. 6.- Oportunamente, dese intervención en las presentes actuaciones al M.P.A. No Penal a fin de que emita dictamen. 7.- Dese intervención a la Defensora de Menores Nº 6. 8.- Intímese a la Dra. Carolina Gabriela Verti a dar cumplimiento, en el plazo de CINCO (5) días, con la reposición de aportes profesionales y previsionales, bajo apercibimiento de comunicar el incumplimiento a las respectivas entidades. 9.- Notifíquese por cédula (Art. 169 C.P.C.C.) Firmado Electrónicamente, por Jiménez, Norma Amalia – Juez del Tribunal de Familia – Hernández, Martín Ignacio – Firma habilitada.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 DE SEPTIEMBRE DE 2026. 1.- Atento al estado de la causa, ordénese la publicación de edictos de conformidad a lo dispuesto por el art. 70 del Código Civil y Comercial de la Nación, publíquense edictos por el término de DOS (2) días, haciendo saber que la Sra. NAYLA JULIETA VILTE, D.N.I. Nº 45.764.828, en representación de su hija menor de edad LIZ VILTE, D.N.I. Nº 70.263.950, ha promovido proceso voluntario tendiente a la adición de los prenombres “AILANY EVANIA” al nombre de la niña, quien pasará a llamarse LIZ AILANY EVANIA VILTE, a fin de que quienes se consideren con derecho a formular oposición lo hagan dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles contados desde la última publicación. 2.- Diligencias a cargo de la Dra. Carolina Gabriela Verti. 3.- Cumplido, pasen las presentes actuaciones a dictamen del MPA No Penal. 4.- Notifíquese por cédula (Art. 169 del C.P.C.C.) Firmado Electrónicamente, por Jiménez, Norma Amalia – Juez del Tribunal de Familia – Hernández, Martín Ignacio – Firma habilitada.-

  • 25/28 SEPT. LIQ. Nº 45262 $3.800,00.-