BOLETIN OFICIAL Nº 115 – 25/09/2026

ADENDA AL CONTRATO CONSTITUTIVO DE LA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADAS “NEXUS AIR SERVICES S.A.S.”. En la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia, a los nueve (09) días del mes de junio del año dos mil veintiséis (2026), los señores IVÁN PINILLA MARTÍNEZ, con Cedula de Identidad N.º 2602374, con Clave de Identificación N.º 20-60488346-7, MARCO ANTONIO DURÁN LANDAETA, con Cedula de Identidad N.º 3389840, Clave de Identificación N.º 27-60488349-6 y DIEGO ADOLFO ARQUIPINO CASTRO, con Documento Nacional de Identidad N° 96.366.267, CUIL 20-96366267-0, en su carácter de socios de la sociedad por acciones simplificada “NEXUS AIR SERVICES S.A.S.”, debidamente constituida e inscripta ante el Registro Público de la Provincia de Jujuy, República Argentina, acuerdan celebrar la presente ADENDA AL CONTRATO CONSTITUTIVO, en virtud de las observaciones formuladas por la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales – Registro Público de la Provincia de Jujuy en el expediente N° 0301- 278/2025. PRIMERA: MODIFICACIÓN DE SEDE SOCIAL Y DOMICILIO ELECTRÓNICO: De conformidad con lo dispuesto por la Ley 27.349 y el contrato constitutivo de la sociedad, los socios resuelven modificar parcialmente la Cláusula Décimo Cuarta – Disposiciones Transitorias, específicamente en sus incisos a) y g), los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: a) Sede Social: Se establece como sede social de la sociedad el domicilio ubicado en calle Lavalle N° 76, Portero 1, Oficina 3, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, República Argentina, donde funcionará la administración y dirección de las actividades sociales.- b) Domicilio Electrónico: Se constituye como domicilio electrónico societario el correo electrónico: bicho71@icloud.com, en el cual se tendrán por válidas todas las notificaciones y comunicaciones dirigidas a la sociedad, salvo disposición legal en contrario.- SEGUNDA: RATIFICACIÓN DEL CONTRATO CONSTITUTIVO: Excepto por las modificaciones introducidas en la cláusula precedente, el contrato constitutivo de la sociedad permanece plenamente vigente en todas sus demás disposiciones, las cuales se ratifican en todos sus términos.- TERCERA: EJEMPLARES: En prueba de conformidad, se firman cuatro (3) ejemplares originales de un mismo tenor y a un solo efecto para su certificación notarial y posterior apostillado conforme la Convención de La Haya de 1961. Santa Cruz de la Sierra, 09 de junio del 2026.- ESC. JUAN PABLO GONZALEZ CERNUSCHI- TIT. REG. Nº 92- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

FISCALIA DE ESTADO

DIRECCION PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES

RESOLUCION N° 699-DPSC-2026.-

CORRESPONDE A EXPTE. N° 0301-278/2025.-

San Salvador de Jujuy, 4 de Septiembre de 2026.-

VISTO:

Las actuaciones de la referencia en las que el SR. IVAN PINILLA MARTINEZ, en carácter de Socio de la firma “NEXUS AIR SERVICES S.A.S.” solicita INSCRIPCION DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD de firma “NEXUS AIR SERVICES S.A.S.” y.

CONSIDERANDO:

Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.-

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO

RESUELVE:

ARTICULO 1°: ORDENAR la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día de Adenda al Contrato Constitutivo de fecha 9 de Junio de 2026 (fs.55/58) con firmas certificadas legalizadas y apostilladas por Abogado Rene Vicente Arzabe Soruco – Notaría de Fe Publica N° 14 Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia -firmadas por DIEGO ADOLFO ARQUIPINO CASTRO D.N.Ι. 96.366.267, IVAN PINILLA MARTINEZ C.I. del Estado Plurinacional de Bolivia N° 2.602.374 y MARCO ANTONIO DURAN LANDAETA C.I. del Estado Plurinacional de Bolivia N° 3.389.840.-

ARTICULO N° 2: REQUERIR que acompañe Constancia Bancaria, con número de cuenta, CBU, tipo de cuenta y Constancia de Inscripción en ARCA, perteneciente a la sociedad o socia/o, a los efectos de la correspondiente devolución de capital integrado.-

ARTICULO N° 3°: DILIGENCIAS a cargo del Sr. IVAN PINILLA MARTINEZ.-

ARTICULO N° 4°: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar.-

DR. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

  • 25 SEPT. LIQ. Nº 45250 $2.800,00.-