BOLETIN OFICIAL Nº 115 – 25/09/2026

ACTA DE ASAMBLEA ORDINARIA N° 1.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, a los 4 días del mes de Abril del año 2024, en el domicilio de la calle El Progreso S/N Mz 2 Lote 29 del Barrio Punta Diamante de la ciudad de San Salvador de Jujuy, siendo las 18 hs., y habiéndose reunido la totalidad de los socios, se da comienzo a la Primera Asamblea Ordinaria, a fin de tratar el siguiente Orden del Día: 1) Modificación de Estatuto Social en su Cláusula Primera 2) Modificación del Estatuto Social en su Cláusula Segunda y 3) Modificación del Estatuto Social en su Cláusula Octava .- Esta Asamblea es presidida por la Sta. SORIANO MARISOL ELIZABETH Socio Gerente designada en el Estatuto Social conforme Cláusula Octava.- Se informa que se encuentra reunido la totalidad de los socios SORIANO HECTOR ABNER, JONATAN, SORIANO LILIANA GRISELDA, SORIANO ELBA AZUCENA, SORIANO MARISOL ELIZABETH y SORIANO GERMAN FRANKLIN NAHUEL.- Acto seguido se pasa a tratar el 1er. punto del orden del día, los socios por unanimidad acuerdan la modificación de la CLAUSULA 1ra. del contrato constitutivo de “ABSOR S.R.L.”, firmado el 11 de Abril del año 2023, el cual quedara redactado de la siguiente forma: “La sociedad se denominará ABSOR S.R.L. y establece su domicilio legal y administrativo en calle 7 de Octubre S/N, de la Localidad OLAROZ CHICO, Departamento de SUSQUES, Provincia de Jujuy.” A continuación se trata el 2do. punto del Orden del Día. Los socios por unanimidad acuerdan la modificación de la Cláusula 2da. del contrato constitutivo de “ABSOR S.R.L.”, firmado el 11 de Abril del año 2023, el cual quedara redactado de la siguiente forma: “En cumplimiento de lo dispuesto por el art. 1), inciso 2, de la Ley 19.550 se establece la sede social en calle El Progreso S/N Lote 29 Manzana 2, Barrio Punta Diamante de la localidad de San Salvador de Jujuy, Dpto. Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy.- Las partes establecen que el correo electrónico de la firma será: absorsrl@gmail.com. Pudiendo trasladar la sede social dentro de la Provincia de Jujuy o el territorio Nacional, con el previo acuerdo de la mayoría simple de los Socios, como así, además podrá establecer domicilios comerciales, sucursales, agencias, locales de venta, escritorios, depósitos, en cualquier lugar del país o del extranjero. Asimismo por asamblea de socios podrán definir las mismas y/o modificarlas.” Se pasa a tratar el 3er. punto del Orden del Día, los socios por unanimidad acuerdan la modificación de la Cláusula Octava del contrato constitutivo de “ABSOR S.R.L.”, firmado el 11 de Abril del año 2023, el cual quedara redactado de la siguiente forma: “La administración, la representación y el uso de la firma social estará a cargo por el Socio Gerente, el cual detenta facultades para poder librar autorización mediante notario para la participación en actos de gerencia a los restantes socios en forma conjunta o indistinta, la duración en el cargo será de DOS (2) años y podrán ser reelectos en los mismos. El Socio Gerente actuará con toda amplitud en los negocios sociales, pudiendo realizar cualquier acto о contrato para la adquisición de bienes muebles o inmuebles y las operaciones mencionadas en la cláusula Tercera del presente contrato. A fin de administrar la sociedad, se elige como Socio Gerente a la Sra. Soriano Liliana Griselda para cubrir el primer periodo, cargo que por este acto acepta y declara bajo de fe de juramento no encontrarse alcanzada por las prohibiciones e incompatibilidades establecidas en los Art. 157 y 264 de la Ley General de Sociedades (Ley 19.550).- Se encuentra facultado el Socio Gerente a librar poder general o especial para el cumplimiento del objeto social. La sola firma podrá obligar a la sociedad en operaciones que se relacionen con el giro social, queda prohibido comprometerla en obligaciones extrañas o afianzar obligaciones de terceros, para operaciones ajenas al objeto social se deberá tener la aprobación del cien por ciento (100%) de los socios reunidos en Asamblea, por acta los socios podrán nombrar a más de un socio como Gerente, pudiendo estos actuar de forma conjunta o indistinta, pudiendo administrar cada uno una porción de la sociedad, otorgar poder general o especial a favor de terceras personas para representar a la sociedad  en asuntos judiciales de cualquier fuero, jurisdicción e instancia, administrativos, laborales, tributarias o fiscales, contractuales y cualquier otro tema que considere necesario y pertinente. Tomar préstamo en dinero, garantizado o no, con hipotecas, prendas o fianzas, aceptar prendas, constituirlas y cancelarlas, adquirir o ceder créditos, adquirir o vender bienes inmuebles, muebles registrables o no registrables, automotores, transferir, dar y tomar posesión, y realizar sin limitación algunos de todos los actos de administración y disposición necesaria para la actividad empresarial, permutar, dar y recibir en pago, transar celebrar contratos de locación, renovarlos y rescindirlos, así como el otorgamiento de contratos típicos y atípicos de cualquier naturaleza. Realizar todo tipo de actos, trámites y gestiones ante Autoridades Administrativas Provinciales o Nacionales, de la Dirección de Industria y Comercio, Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Ministerio de Trabajo, Dirección Provincial de Rentas, Dirección General Impositiva, AFIP, Municipalidades, Asociaciones Gremiales, Organismos Previsionales, Instituciones Privadas o Públicas, Nacionales, Provinciales o Internacionales, Entes de Fomento al Crédito y Desarrollo, siendo la presente enunciación meramente enunciativa, estableciéndose que la sociedad es plenamente capaz para efectuar todos los actos jurídicos y patrimoniales necesarios para el cumplimiento de su objeto social. En suma, el Socio Gerente tienen las facultades para realizar todos los actos previstos en el Código Civil y Comercial de la Nación y la ley de Sociedades Comerciales.- “Siendo las 20 horas y habiéndose cumplimentado en su totalidad el Orden del día previsto, se da por finalizada la Asamblea. Se da lectura al Acta, y firman de conformidad la totalidad de los socios.- ESC. LUIS HORACIO VERDUN- ADS. REG. Nº 67- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-

RESOLUCION Nº 631-DPSC-2026- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-482-2024- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-

San Salvador de Jujuy, 18 de Agosto de 2026.-

DR. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

  • 25 SEPT. LIQ. Nº 45252 $3.600,00.-