BOLETIN OFICIAL Nº 115 – 25/09/2026
CONCEJO DELIBERANTE DE LA QUIACA.-
ORDENANZA N°15/2026.-
VISTO:
El Dictamen de la Comisión de Obras Públicas de fecha 25 de agosto de 2026, referente a los expedientes N° 9615 “B” y N° 9627 “P” sobre la aprobación de manzanas, redefinición de límites vecinales y nombramiento de calles en el Barrio Jerusalén; y
CONSIDERANDO:
Que, los vecinos del Barrio Jerusalén, reunidos en asamblea comunitaria, han expresado la necesidad y el acuerdo mutuo de iniciar las gestiones para la designación oficial de los nombres de sus calles.
Que, dicha delimitación y nomenclatura es un requisito indispensable para que las familias del sector puedan tramitar y acceder de manera formal a los servicios esenciales de agua potable y electricidad domiciliaria.
Que, la presidencia del Barrio Jerusalén ha presentado la documentación correspondiente a las manzanas afectadas y beneficiadas por estas medidas, identificadas técnicamente como AP1, AP3, AP4 y S/N, bajo las nomenclaturas catastrales N-7191, N-7192 y N-7193.Que, ante la solicitud formal e interés de los habitantes de las manzanas adyacentes para integrarse al esquema del barrio, se vuelve imperativo redefinir y consolidar los límites vecinales oficiales.
Que, la regularización e integración urbana de estos sectores impactará directamente en la calidad de vida de la comunidad, garantizando la factibilidad técnica para la extensión de las redes de infraestructura básica.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Constitución de la Provincia de Jujuy, la Ley Orgánica de los Municipios y el Reglamento Interno;
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA QUIACA SANCIONA LA ORDENANZA N° 15/2.026
ARTÍCULO 1: Apruébese los nuevos límites vecinales del Barrio Jerusalén, los cuales incluirán de forma oficial a las manzanas adyacentes solicitantes, de acuerdo con los croquis y especificaciones técnicas que se adjuntan como Anexo I de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2: Incorpórese formalmente a la traza urbana del Barrio Jerusalén las manzanas identificadas internamente como AP1, AP3, AP4 y S/N, correspondientes a las nomenclaturas catastrales N-7191, N-7192 y N-7193.
ARTÍCULO 3: Desígnese los nombres de las calles según figura en el croquis del Anexo I, para el Barrio Jerusalén.
ARTÍCULO 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación y publicación.-
ARTÍCULO 5: Archívese.
Sala de Sesiones, a los 27 días del mes de agosto de 2026.
Arq. Hugo Rubén Barro
Presidente
ANEXO I
ORDENANZA N° 15/2026
Arq. Hugo Rubén Barro
Presidente








