BOLETIN OFICIAL Nº 112 – 18/09/2026
DECRETO Nº 5930-JG/2026.-
EXPTE. Nº 516-77/2024.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 SEP. 2026.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la afectación del inmueble individualizado como Parcela 1137, con una superficie de 39 ha 6453 m², disgregado del Padrón B-25625, Circunscripción 1, Sección 4, Parcela 878, Matrícula B-24096, ubicado en Finca Santa Isabel / Los Ávalos, Departamento El Carmen, según Plano de Mensura registrado con el N° 24039 por la Dirección Provincial de Inmuebles, de titularidad del Estado Provincial, con destino exclusivo para “Aeródromo Público e Infraestructura Logística de Emergencias, Lucha contra Incendios Forestales, Seguridad Pública y Desarrollo Aeronáutico Provincial”.-
ARTÍCULO 2º.- Facúltese a la Jefatura de Gabinete de Ministros a suscribir con el Aero Club Jujuy, un contrato de comodato, sujeto a las condiciones, restricciones y obligaciones establecidas en la reglamentación vigente en la materia, con la intervención de la autoridad aeroportuaria provincial.-
ARTÍCULO 3º.- Déjese establecido que la administración, jefatura operativa, control, regulación del uso del espacio aéreo local, fiscalización de las pistas de aterrizaje, coordinación con ANAC y EANA, y la asignación de espacios en hangares del aeródromo público, quedará a cargo de la Agencia Provincial de Aeronáutica.-
ARTÍCULO 4º.- Facúltese a la Jefatura de Gabinete de Ministros a través de la Agencia Provincial de Aeronáutica y/o el organismo que en futuro la reemplazare, a celebrar los convenios pertinentes y a dictar los actos administrativos necesarios para llevar adelante un “Proyecto de Reactivación Aeronáutica de la Provincia de Jujuy”, el cual tendrá como principales líneas estratégicas:
- El funcionamiento de la base de operaciones aéreas para la Dirección Provincial de Incendios de Vegetación y Emergencias Ambientales.
- Un centro de helicópteros y aviones para misiones de evacuación sanitaria, patrullaje de frontera y salvamento, en coordinación con fuerzas federales y/o Nacionales.
- La creación de una “Escuela Provincial de Formación e Instrucción Aeronáutica”.
- Gestionar con la Universidad Nacional de Jujuy y/o la Universidad Nacional de Córdoba la suscripción de convenios para el dictado y práctica universitaria vinculadas a las carreras de Ingeniería Aeronáutica e Ingeniería Aeroespacial.
ARTÍCULO 5º.- Por intermedio de la Dirección Provincial de Inmuebles, tómese razón de la afectación formal del destino del inmueble Matrícula B-24096 (Parcela 1137) ordenado en el Artículo 1º del presente Decreto.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, publíquese en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Pase sucesivamente a conocimiento de los Ministerios de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Trabajo; de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Dirección Provincial de Inmuebles y Agencia Provincial de Aeronáutica. Cumplido, vuelva a la Jefatura de Gabinete de Ministros a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR








