BOLETIN OFICIAL Nº 111 – 16/09/2026

Hago saber que el Juzgado Federal N° 2 de Jujuy a cargo de la Dra. Carina Inés Gregoraschuk, Secretaria Civil y Comercial N° 3 a mi cargo, sito en calle Senador Perez N° 319 de esta Ciudad de San Salvador de Jujuy en el expediente N° FSA 11523/2022, caratulado: “BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ ESCOBAR, ALEJANDRO NAHUEL S/ CORBRO DE SUMA DE PESOS/SUMAS DE DINERO.”, ha dispuesto notificar al Sr. ESCOBAR ALEJANDRO NAHUEL DNI 44.280.849 la siguiente resolución: “Salvador de Jujuy, 23 de septiembre de 2025. Autos y Vistos: … Considerando:… Resuelvo: I.- Hacer lugar a la demanda por cobro de pesos deducida por el Banco de la Nación Argentina en contra del Sr. Alejandro Nahuel ESCOBAR, DNI N° 44.280.849, condenando a este último a abonar a la actora la suma total de PESOS TRESCIENTOS UN MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS ($301.925,57), en el término de diez días (10) de notificado, con más intereses legales que correspondan e IVA desde el momento de producida la mora hasta el efectivo pago, conforme lo establecido por el parágrafo 6°, Capítulo 3: “Clases de obligaciones”, Sección 1 “Obligaciones de dar” del CC y CN, cuyo cálculo se difiere para la etapa de ejecución de sentencia y sujeto al debido contradictorio de los arts. 503 y 504 del CPCCN. II.- Imponer las costas al accionado vencido (art. 68 del СРСCN). III.- Diferir la regulación de los honorarios profesionales para cuando se cuente con una base cierta a los efectos del cálculo. IV.- Registrar y notificar mediante publicación de edictos, sin perjuicio de la efectuada al Sr. Defensor Oficial de Ausentes, en la forma de estilo.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y diario local durante dos días. San Salvador de Jujuy, a los 14 días del mes de mayo de 2026.-

  • 16/18 SEPT. LIQ. Nº45153 $3.800,00.-