BOLETIN OFICIAL Nº 111 – 16/09/2026
CONCEJO DELIBERANTE DE CALILEGUA
ORDENANZA 0469-C.D.C./26.-
CALILEGUA, 09 SEPT. 2.026.-
VISTO:
La Ley Orgánica de los Municipios N° 4.466 el Reglamento Interno de este Honorable Concejo Deliberante.
La dilatada, insigne y ejemplar trayectoria humana, profesional, educativa y comunitaria desarrollada por la Señora Elena Sánchez de Valverdi en la localidad de Calilegua.
La necesidad institucional e histórica de rendir un justo y perdurable reconocimiento a aquellos ciudadanos que mediante su abnegación, vocación de servicio, aporte pedagógico y compromiso social a favor de la inclusión de personas con discapacidad, han dejado una huella imborrable en el acervo socio-cultural de nuestra comunidad ; y
CONSIDERANDO:
Que, la Sra. Elena Sánchez de Valverdi, nacida en la localidad de Calilegua el 3 de noviembre de 1.940, es hija de Ángel Antonio Sánchez y Dominga Ríos, constituyendo a lo largo de su vida un ejemplo de insigne de valores humanos, vocación de servicio y compromiso social.
Que, realizó sus estudios primarios en la Escuela Nacional N.° 07 (actual Escuela N.° 231 Provincia de Corrientes) y superó complejas adversidades de la época para culminar sus estudios secundarios en la Escuela Normal Libertador General San Martín, integrando la primera promoción de docentes de dicha institución.
Que, su vocación docente se tradujo en una vasta trayectoria al servicio de la educación pública, desempeñándose en diversos establecimientos educativos de la zona y, de manera muy especial, en la Escuela N.° 57 “Martín Ledesma Valderrama”, donde ejerció tanto la docencia de aula como el cargo directivo hasta su jubilación
Que, su espíritu educador transcendió la escolaridad formal ordinaria, brindando su labor en escuelas nocturnas como la de El Bananal (actual Papa Francisco) y también en la nocturna de Calilegua, alfabetizando y acompañando a jóvenes y adultos en la culminación de sus estudios primarios.
Que, tras lucir su etapa en las aulas, continúo brindando un valioso servicio a la comunidad a través de la labor pastoral e institucional en la catequesis familiar y en talleres prematrimoniales.
Que, a raíz de la dolorosa pérdida de su hijo Fernandito en el año 1.994, transformó el dolor en un motor de solidaridad e inclusión, impulsando la creación de un espacio pionero destinado a la atención, desarrollo e integración de niños y jóvenes con discapacidad.
Que, dicho proyecto se materializó con la valiosa colaboración de la Fundación Marista mediante el “Taller Fernandito” una institución que durante 25 años cobijó, instruyó y brindó contención afectiva y pedagógica a numerosas familias y jóvenes de nuestro pueblo.
Que, su invalorable legado de vida, caracterizado por la perseverancia, el trabajo desinteresado y el amor entrañable hacia la comunidad de Calilegua, la convierte en un referente ético y moral para las actuales y futura generaciones.
Que, el cariño de su pueblo se manifiesta a diario en el saludo respetuoso y emocionado de sus ex alumnos, el afecto que genera su nombre en la comunidad dan testimonio del profundo impacto de su obra, convirtiendo este homenaje en el abrazo colectivo de un pueblo agradecido.
Que, su vida es un faro de resiliencia que enseñó a toda la comunidad que las pruebas más difíciles pueden transformarse en obras de amor eterno para los demás.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIEREN LA LEY N° 4.466/89 “ORGÁNICA DE LOS MUNICIPIOS”, SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:
ORDENANZA 0469/26 C.D.C.
ARTÍCULO N° 01: DECLÁRESE
DECLÁRESE “CIUDADANA ILUSTRE DE LA LOCALIDAD DE CALILEGUA” a la Señora Elena Sánchez de Valverdi, en justo reconocimiento a su valiosa trayectoria docente, su incansable compromiso comunitario y el trascendental legado de inclusión generado a partir del “Taller Fernandito”, testimonio vivo de resiliencia, amor y entrega hacia nuestro pueblo.
ARTÍCULO N° 02: OTÓRGUESE
OTÓRGUESE copia de la presente Ordenanza y un diploma de honor a la Sra. Elena Sánchez de Valverdi en acto público formal organizado por la Municipalidad de Calilegua, Escuela N° 57 Martín Ledesma Valderrama y el Honorable Concejo Deliberante de Calilegua.-
ARTÍCULO N° 03: COMUNÍQUESE
COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese, cumplido, archívese.-
CONCEJO DELIBERANTE DE CALILEGUA 09 DE SEPTIEMBRE DE 2.026.-
Prof. Cecilia S. Szewozuk
Presidenta
CON TRATAMIENTO APROBATORIO EN SESIÓN ESPECIAL DE FECHA 09 DE SEPTIEMBRE DE 2.026.- PASE A DEPARTAMENTO EJECUTIVO DENTRO DE LOS PLAZOS QUE ACUERDA LA LEY.-
Prof. Cecilia S. Szewozuk
Presidenta
VISTO LA PRESENTE ORDENANZA N° 0469/26- C.D.C. EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE CALILEGUA PROMULGA LA MISMA CON FUERZA DE LEY.- CALILEGUA, 10 DE SEPTIEMBRE DE 2.026.-
Chávez Raúl Cesar
Intendente








