BOLETIN OFICIAL Nº 110 – 14/09/2026

El Dr. Diego Armando Puca – juez en Juzgado de Primera Instancia Nº 2 – Secretaría 4, en el expediente C-215451/2022, caratulado: “Ejecutivo: Castillo SACIFIA c/ María de los Ángeles Veron”, procede a notificar por este medio a la Sra. María de los Ángeles Veron DNI: 40.441.585, la resolución que a continuación se transcribe: “San Salvador de Jujuy, 18 de junio de 2026. 1.- Proveyendo el Escrito Nro: 2038445 del Dr. Aguiar, publíquese edictos en un diario local de amplia circulación y en el Boletín Oficial por un día, a fin de notificar a la Sra. María de los Ángeles Veron DNI: 40.441.585 la providencia de fecha 09/10/2025. Se hace saber al accionado, que la resolución se tendrá por notificada a los cinco (5) días contados desde la última publicación (art. 179 CPC) 2.-…3.-…4.-…- 5.- Notifíquese Art.169 C.P.C. Firmado Electrónicamente, por Puca, Diego Armando – Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial – Ruiz, Enzo Gerardo – Firma habilitada”/// “San Salvador de Jujuy, 09 de Octubre de 2025.- Autos y Vistos . . .Resulta . . .Considerando . . .Resuelve: 1.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Carlos Abel Damian Aguiar en la suma de pesos ciento veintiún mil setecientos uno ($121.701), por la etapa de Ejecución de Sentencia.- 2.- Adicionar a los honorarios fijados con anterioridad, un interés equivalente a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B.145.731/05, (Sala I – Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54, fº 673/678, nº 235) desde la fecha de la fecha de la presente resolución y hasta su efectivo pago, con más I.V.A. si correspondiere.- 3.- Hacer saber al Dr. Carlos Abel Damian Aguiar, que deberá cargar en el SIGJ correspondiente al Link de diligencias colaborativas para su posterior control y firma por Secretaría (Art. 85 del C.P.C.).- 4.- Notificar por cédula, informatizar, protocolizar, etc.-“. Firmado: Dr. Diego Armando Puca -Juez-, ante mi, Proc. Enzo Gerardo Ruiz -Secretario Habilitado- Publíquese edictos en un diario local de amplia circulación y en el Boletín Oficial por un día, Se hace saber al accionado, que la resolución se tendrá por notificada a los cinco (5) días contados desde la última publicación (art. 179 CPC). San Salvador de Jujuy, 18 de junio de 2026.-

  • 14 SEPT. LIQ. Nº 45075 $1.900,00.-