LEY Nº 1111
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY Nº 1111
ARTICULO 1.- Autorizase al Poder Ejecutivo para aceptar la donación de
un terreno situado en el Departamento de San Antonio, que hace a favor
de la Provincia Don Félix Perez y destinado a la construcción de una
casa para la Policía Departamental.
ARTICULO 2.- Comuníquese, etc.-
SALA DE SESIONES, Jujuy, Agosto 1 de 1934.-
D. SALMORAL A. VARGAS ORELLANA
Secretario Presidente