BOLETIN OFICIAL Nº 110 – 14/09/2026
DECRETO Nº 5804-HF/2026.-
EXPTE. Nº 500-59/2026.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 AGO. 2026.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Establécese, a partir del 1º de mayo y 1º de julio de 2026, las nuevas escalas salariales, a favor de los Señores Jefe y Sub Jefe de la Policía de la Provincia, Director y Sub Director de la Dirección General de Servicio Penitenciarios, que surgen del Anexo que se adjunta al presente y con el alcance que expresa en el exordio.-
ARTICULO 2º.- Déjese establecido que lo aquí dispuesto, será de aplicación a los efectos de la movilidad de haberes de retiros y pensiones derivados de los mismos, por las razones anteriormente expuestas, debiendo observarse a tal fin lo previsto en el Articulo 26º de la Ley Nº 3.759/81.-
ARTICULO 3º.- Encomiéndese a la Dirección Provincial Personal las gestiones que , en materia de su competencia, fueran menester realizar ante los Organismos pertinentes para la observancia de lo establecido en este acto.-
ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente se atenderá con la partida de Gastos en Personal que al efecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos vigente en la Provincia.-
ARTICULO 5º.- Facúltese al Ministerio de Hacienda y Finanzas a dictar las disposiciones interpretativas y reglamentarias que sean necesarias para la implementación de lo establecido en este acto.-
ARTICULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Seguridad.-
ARTÍCULO 7º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente Dirección Provincial de Personal, Policía de la Provincia, Dirección General del Servicio Penitenciario, Contaduría de la Provincia y Ministerio de Seguridad. Luego, vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas y archívese.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR








