BOLETIN OFICIAL Nº 109 – 11/09/2026
El Dr/a. juez/a en Juzgado de Primera Instancia Nº 3 – Secretaría 6, en el expediente C-274205/2025, caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: GARNIER, CARLOS ENRIQUE c/ MUÑOZ DEL CAMPO, AMELIA“, notifica a AMELIA MUÑOZ DEL CAMPO L.C. Nº 09.483.889, domiciliado en Avda. Ejército Argentino N° 978 del Barrio Ciudad del Milagro, de la Provincia de Salta, de la providencia que a continuación se transcribe:: San Salvador de Jujuy, 01 de SEPTIEMBRE de 2025.- Téngase presente el informe actuarial que antecede. Avóquese la suscrita al conocimiento de la presente causa. Proveyendo el escrito digital Nº 1746326, téngase por presentado Dr. EZEQUEIL AUGUSTO VERA, en nombre y representación de las Sr. CARLOS ENRIQUE GARNIER, por constituido domicilio legal y por parte en el carácter invocado, a mérito de Poder General para Juicios que adjunta en formato pdf. Asimismo, y resultando clausuradas las medidas preparatorias para usucapir (Expte. Nº C245.992/2024), téngase por interpuesta formal demanda de prescripción adquisitiva en contra de los Sra. AMELIA MUÑOZ DEL CAMPO L.C. Nº 09.483.889, quien resulta ser titular dominial registrales del inmueble que se pretende usucapir. Atento al estado de los presentes obrados, CÓRRASE TRASLADO a la demandada de la demanda por el término de QUINCE DÍAS (15) debiendo notificarse mediante oficio ley Nº 22.172, atento al domicilio denunciado, a fin de que comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de tenerse por admitidos los hechos afirmados por el actor (Arts. 337 y 439 del C.P.C Y C). Firmado por Rondón, Marisa Eliana – Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. Firmado por Farfán, Ana Julieta – Firma habilita.- PROVEIDO: San Salvador de Jujuy, 31 de julio de 2026. Proveyendo el escrito digital Nº 2358359, lo informado por Anses en fecha 30/06/2026 y las constancias e informes obrantes en el S.I.G.J, líbrense EDICTOS a fin de notificar a QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO la providencia de fecha 01 de septiembre de 2025, los que deberán ser publicados por un día en el Boletín Oficial y un diario local de la provincia de SALTA y de JUJUY, haciéndole saber que los términos comienzan a correr a partir de la última publicación, de conformidad a los dispuesto por el Art 179 del C.P.C.C.- Facúltese al DR. VERA, EZEQUIEL AUGUSTO a confeccionar las diligencias, debiendo ser cargadas en la bandeja de bandeja colaborativa del SIGJ para su posterior control y firma por parte del Juzgado para su respectivo diligenciamiento. Notifíquese Art. 169 C.P.C.C.- Firmado por Rondon, Marisa Eliana – Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. Firmado por Sequeiros, Guillermina – Secretario de Primera Instancia.- Publíquese UNA VEZ edictos en el Boletín Oficial y una vez en cinco días en Diario local. Se le hace saber que los términos se comenzarán a contar a partir de la publicación.- San Salvador de Jujuy 25 de agosto de 2026.-
- 11 SEPT. LIQ. Nº 45058 $1.900,00.-








