BOLETIN OFICIAL Nº 106 – 04/09/2026

Tribunal de Familia- Sala II- Vocalia 5– Expte. 304997/2026.- A Despacho hoy: San Salvador de Jujuy, 12 de Agosto de 2026.- I.- Téngase por presentada a la Dra. Crauzas Gissel Ivana, por derecho propio y en representación de su hija menor de edad, Gutiérrez Crauzas Maia Ludmila DNI N° 50.161.792, por parte y por constituido domicilio legal.- II.- De conformidad a lo prescripto por los arts. 69 y 70 del C.C. y C.N., admítase y dese a la presente demanda ACCION DE CAMBIO DE NOMBRE-SUPRESIÓN DEL APELLIDO PATERNO, el trámite conforme las prescripciones del art. 667 y ss. y ccs. del C.P.C. y C..- III.- Agréguese y téngase presente para su oportunidad la prueba documental acompañada en autos.- IV.- Ordenase la publicación de Edictos en el Boletín Oficial y un diario local, una vez al mes, durante DOS MESES, haciéndose saber que se inició el trámite de supresión del apellido paterno de Gutiérrez Crauzas Maia Ludmila DNI 50.161.792, pudiéndose formular oposición al mismo, dentro de los QUINCE DIAS hábiles a partir de la última publicación bajo apercibimiento de hacerse lugar a lo solicitado, en cumplimiento con el Art. 70º CCCN.- V.- Asimismo, líbrense oficios a MESA GENERAL DE ENTRADAS, Oficina de Gestión Penal del MPA y Oficina de Gestión del Poder Judicial de esta ciudad y de la ciudad de SAN PEDRO DE JUJUY y JUZGADOS FEDERALES Nº1 y Nº2 de ésta ciudad capital y Planilla Prontuarial, a fin de solicitarle INFORMEN si existen medidas cautelares y/o causas judiciales en contra de Gutiérrez Crauzas Maia Ludmila DNI 50.161.792.- VI.-Dese intervención a la Defensoría de menores, Incapaces y con Capacidad Restringida, y oportunamente al Ministerio Público de la Acusación No Penal y Registro Civil y Capacidad de las personas para que emita dictamen .- VII.- Póngase en conocimiento de la presente acción al Sr. Gutiérrez Leonel DNI 36.486.100 (progenitor) debiendo librar oficio al ANSES, Policía de la Provincia y Secretaría Electoral del Juzgado Federal a efectos de que informen último domicilio registrado del mismo.- VIII.- Líbrese oficio a la Coordinación del equipo interdisciplinario a efectos de que la Lic. en psicología que corresponda realice evaluación de Notificación Electrónica 754758 Fecha Notificación 13-08-2026 PODER JUDICIAL DE JUJUY Sistema Integral de Gestión Judicial – Impreso el 31-08-2026 22:07:56 la adolescente Maia Ludmila, referente a los motivos de la petición de autos, y todo dato de interés para la causa.- IX.-Intimase a la Dra. Crauzas para que en el plazo de 5 días hábiles, acredite haber efectuado el aporte de la estampilla profesional, bajo apercibimiento de comunicar el incumplimiento al Consejo Directivo del Colegio de Abogados. En igual plazo también deberá satisfacer el aporte de la estampilla previsional bajo apercibimiento de comunicar la inobservancia de lo ordenado a C.A.P.S.A.P., según lo dispone el art. 22 inc. “D” de la Ley 4764.- X.- Diligencias a cargo de la promotora de autos quien deberá acreditar sus resultas.- XI.- Notifíquese por cédula (Art. 169º CPCC).- Firmado Electrónicamente, por Cejas, Silvia Raquel – Juez del Tribunal de Familia- De Dios, María Florencia- Firma habilitada.-

  • 04 SEPT. 05 OCT. LIQ. Nº 44980-44999 $3.800,00.-