BOLETIN OFICIAL Nº 105 – 02/09/2026

DECRETO Nº 5850-DH/2026.-

EXPTE. Nº 767-6135/2026.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 SEP. 2026.-

VISTO:

La solicitud de autorización al llamado de Licitación Pública N°02/2026, para la adquisición de 150.000 módulos alimentarios, hasta cubrir la suma total de Pesos Tres Mil Setecientos Cincuenta Millones ($3.750.000.000,00), efectuado por el Ministerio de Desarrollo Humano, y;

CONSIDERANDO:

Que, la adquisición de los 150.000 módulos Alimentarios solicitados por la Secretaria de Asistencia Directa, será destinada a los beneficiarios del Plan Social Nutricional Provincial, PLA.SO.NU.P- “Programa Comer en Casa”;

Que, obran Especificaciones Técnicas y Pedido de Provisión de los productos que componen el módulo alimentario, estableciendo que cada módulo estará compuesto por Diez (10) productos alimentarios;

Que, se agregan Pliego de Bases y Condiciones, Anexo I- Clausulas Particulares, Anexo II- Pedido de Provisión, Anexo III- Especificaciones Técnica, por los cuales se regirá el presente proceso licitatorio;

Que, obran informes de competencia de la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia;

Que, obra dictamen legal compartido por el Sr. Director Provincial de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado;

Por ello, en uso de facultades que le son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Autorizase al Ministerio de Desarrollo Humano, a efectuar el llamado a Licitación Pública N° 02/26, para la adquisición de 150.000 módulos alimentarios, hasta cubrir la suma total de pesos Tres Mil Setecientos Cincuenta Millones ($3.750.000.000,00), quedando expresamente facultado el mencionado organismo para confeccionar y aprobar pliegos previo dictamen de Fiscalía de Estado, evaluar técnica y económicamente las propuestas, continuar, adjudicar, aprobar y culminar el procedimiento licitatorio, debiendo cumplir exhaustivamente con las disposiciones del Decreto Acuerdo N°3.716-H/78, Decreto Ley N° 159-HG/57, Leyes N°4785,4958, disposiciones legales vigentes en materia de ejecución, adjudicación y rendición de cuentas.-

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande lo dispuesto en el Artículo N°1, se imputará a la Partida Presupuestaria prevista en la Jurisdicción “S” Ministerio de Desarrollo Humano, Unidad de Organización “BB” Dirección Provincial de PLANOSUP, del Presupuesto General de Castos y Cálculo de Recursos- Ejercicio 2026, Ley 6490.-

 

Ejercicio 2026

 

JURISDICCIÓN    S              MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO

U. de O. 8B            Dirección Provincial de PLANOSUP

Finalidad.                 4              Bienestar Social

Función.                  3              Asistencia Social

Sección.                   1              Erogaciones Corrientes

Sector.                     3              Transferencias

Part. Principal.         4              Transf. p/ Financiar Erogaciones Corrientes

Part. Parcial             5              Aporte a Actividades no Lucrativas

Part. Sub. Parcial      735           Programa Comer en Casa…..$3.750.000.000,00

 

ARTÍCULO 3º.- Registrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publiquese sintéticamente en el Boletín Oficial en forma integra. Siga a Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase sucesivamente a Dirección Provincial de Presupuesto y a Contaduria de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Desarrollo Humano, a sus efectos.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR