BOLETIN OFICIAL Nº 105 – 02/09/2026
En la Ciudad de Perico, Provincia de Jujuy, a los 10 días del mes de Octubre del año 2025, siendo las 10:15 horas en el domicilio social de GEA AGRONEGOCIOS SRL, encontrándose presentes los socios, Sres. Gustavo José Domandl y Martín Alejandro Cabana, quienes poseen en conjunto la totalidad de las cuotas sociales representativas del capital social. En consecuencia encontrándose presentes la totalidad de los socios (100%) del capital social, se da inicio a la reunión, válidamente en Asamblea a fines de tratar el siguiente orden del día: 1) CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES DEL SR. GUSTAVO JOSÉ DOMANDL, DNI Nº 22.583.201 A FAVOR DEL SR. FRANCO NICOLÁS ZISSI DNI Nº 35.479.590, POR LA SUMA DE PESOS 360.000 ($ 360.000). 2) INGRESO DEL NUEVO SOCIO. 3) NOMBRAMIENTO DEL NUEVO SOCIO A FIN DE ESTABLECER QUE TODAS LAS DECISIONES SOCIALES REQUIERAN MAYORÍA ABSOLUTA. 4) OTORGAMIENTO DE PODER AL DR. MANUEL PEDRO NICOLÁS COLOMBRES. 1) CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES DEL SEÑOR GUSTAVO JOSÉ DOMANDL DNI Nº 22.583.201, A FAVOR DEL SR. FRANCO NICOLÁS ZISSI DNI 35.479.590, POR LA SUMA DE PESOS 360.000 ($ 360.000). Puesto el punto en consideración, toma la palabra el Sr. Martín Alejandro Cabana, quien manifiesta que ha sido puesto en conocimiento en los plazos y a los efectos, de la cesión de cuotas y su precio y manifiesta que no ejercerá el derecho de preferencia pactado en la cláusula Quinta del Contrato Constitutivo para la cesión de cuotas sociales pertenecientes al Sr. Gustavo José Domandl. Acto seguido el Sr. Gustavo José Domandl toma la palabra y mociona por autorizar y aprobar la transmisión y cesión de las cuotas sociales de su propiedad al señor Franco Nicolás Zissi; luego de un breve intercambio se decide por unanimidad aprobar la cesión. 2) INCORPORACIÓN DEL NUEVO SOCIO: En consecuencia, se dispone la incorporación del señor Franco Nicolás Zissi como socio de la sociedad, con una participación de sesenta (60) cuotas sociales, representativas del 30% del capital social, quedando modificada la cláusula cuarta del Contrato Social en lo relativo a la composición del capital. 3) NOMBRAMIENTO DEL NUEVO SOCIO COMO GERENTE Y MODIFICACIÓN DE LA CLÁUSULA OCTAVA DEL CONTRATO SOCIAL – MAYORÍAS. Considerando la necesidad de reforzar la administración de la sociedad, se resuelve designar como nuevo Gerente al Sr. Franco Nicolás Zissi, quien ejercerá sus funciones en forma conjunta con el actual gerente, señor Martín Alejandro Cabana, conforme a los artículos 157 y 158 de la Ley General de Sociedades, quedando ambos facultados para administrar y representar a la sociedad con las atribuciones establecidas en el contrato social ya sea actuando de manera indistinta o conjunta. El nuevo gerente acepta el cargo, declarando bajo juramento no encontrarse incurso en las inhabilidades previstas por el artículo 264 de la Ley 19.550, y se fija su mandato por tiempo indeterminado. Luego de un breve intercambio de palabras se decide por unanimidad que todas las decisiones sociales, tanto ordinarias como extraordinarias, deberán adoptarse con el voto afirmativo de la totalidad de las cuotas sociales en circulación, es decir, por mayoría absoluta del capital social. Ninguna decisión será válida sin la conformidad expresa de los dos (2) socios. En consecuencia, cada socio conserva su participación proporcional en las utilidades y en el capital, pero las decisiones sociales únicamente podrán adoptarse con la conformidad expresa de todos los socios. Quedando redactada la cláusula de la siguiente manera. OCTAVA: REUNIONES DE SOCIOS RESOLUCIONES MAYORÍA. Los socios deberán reunirse a requerimiento del gerente o de los socios que representen la totalidad del capital social. La convocatoria de la reunión se hará por citación personal a los socios, en el último domicilio conocido por la sociedad. Podrá prescindirse de la citación si, reunidos todos los socios, aceptan liberar, y quien convoque fijará el orden del día, sin perjuicio de que pueda ampliarse o modificarse si estuviera presente la totalidad del capital social y la decisión, en este caso, se adopte por unanimidad. Las decisiones o resoluciones de los socios se adoptarán con el voto afirmativo de la totalidad de las cuotas sociales en circulación, es decir, por mayoría absoluta del capital social. Ninguna decisión será válida sin la conformidad expresa de los dos (2) socios. Se llevará a un libro de actas donde se asentarán las resoluciones y acuerdos de los socios, quienes deberán suscribirla. 4) Acto seguido el socio Sr. Martín Alejandro Cabana mociona para que se otorgue en este acto el apoderamiento suficiente al Dr. Manuel Pedro Nicolás Colombres DNI Nº 35.307.498. Matrícula Profesional Nº 4132, abogado del foro de la Provincia de Jujuy, y/o la persona que este último indique para realizar las gestiones y trámites administrativos y/o judiciales pertinentes para la toma de razón/inscripción respectiva ante Registro Público de Comercio – Dirección de Personería Jurídica de la Fiscalía de Estado, lo que es aprobado por unanimidad. Concluido el temario dispuesto en el orden del día siendo las 11:30 hs. se da por concluida la asamblea de socios.- ESC. MARIA EMILIA MACINA- ADS. REG. Nº 32- S. S. DE JUJUY- JUJUY.-
RESOLUCION Nº 624-DPSC-2026- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-214-2026- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-
San Salvador de Jujuy, 11 de Agosto de 2026.-
DR. LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
- 02 SEPT. LIQ. Nº 44897 $4.300,00.-








