BOLETIN OFICIAL Nº 104 – 31/08/2026

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 6518

“INSTITUIR EL 22 DE ABRIL COMO DÍA DEL TRABAJADOR DE LA CONSTRUCCIÓN”

ARTÍCULO 1º.- Instituir el 22 de Abril de cada año como el “Día del Trabajador/a de la Construcción” de acuerdo a lo dispuesto en el Convenio Colectivo de Trabajo 76/75, que será día pago no laborable.-

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de Agosto de 2026.-

Martín Luque

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

Dip. Mario R. Fiad

Vicepresidente 1°

a/c Presidencia

Legislatura de Jujuy

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.-

EXPTE. Nº 200-196/2026.-

CORRESP. A LEY Nº 6518.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 AGO. 2026.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publiquese integramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Trabajo y Ministerio de Hacienda y Finanzas para su conocimiento. Cumplido, vuelva a Jefatura de Gabinete Ministros a sus efectos.-

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR