BOLETIN OFICIAL Nº 104 – 31/08/2026
LEGISLATURA DE JUJUY
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 6518
“INSTITUIR EL 22 DE ABRIL COMO DÍA DEL TRABAJADOR DE LA CONSTRUCCIÓN”
ARTÍCULO 1º.- Instituir el 22 de Abril de cada año como el “Día del Trabajador/a de la Construcción” de acuerdo a lo dispuesto en el Convenio Colectivo de Trabajo 76/75, que será día pago no laborable.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de Agosto de 2026.-
Martín Luque
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
Dip. Mario R. Fiad
Vicepresidente 1°
a/c Presidencia
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.-
EXPTE. Nº 200-196/2026.-
CORRESP. A LEY Nº 6518.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 AGO. 2026.-
Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publiquese integramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Trabajo y Ministerio de Hacienda y Finanzas para su conocimiento. Cumplido, vuelva a Jefatura de Gabinete Ministros a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR








