BOLETIN OFICIAL Nº 103 – 28/08/2026
MUNICIPALIDAD DE ABRA PAMPA.-
DECRETO MUNICIPAL N° 073/2.026.-
ABRA PAMPA CAPITAL DE LA PUNA, 14 AGO. 2.026.-
VISTO:
La Ordenanza N° 19-CD-026, Expediente N° 62-CD-026 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Abra Pampa en fecha 6 de agosto de 2026, mediante la cual se establece el Régimen de Organización y Prioridad de Actividades Bailables en el Ejido Municipal de Abra Pampa; y
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Departamento Ejecutivo Municipal proceder a la promulgación de las Ordenanzas sancionadas por el Honorable Concejo Deliberante, conforme a las atribuciones conferidas por la normativa vigente;
Que la citada Ordenanza tiene por objeto regular y organizar el desarrollo de las actividades bailables dentro del ejido municipal, estableciendo criterios de prioridad, coordinación y excepcionalidad, en armonía con la Ley Provincial N° 5955/16, la Ley Nacional N° 26.370 y demás disposiciones aplicables;
Que corresponde, en consecuencia, dictar el acto administrativo pertinente para su promulgación y cumplimiento;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de los Municipios Nº 4466/89 y Constitución de la Provincia;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE ABRA PAMPA
DECRETA
ARTICULO 1º: PROMULGASE en todos sus términos la ORDENANZA N° 19-CD-026, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Abra Pampa, referente al Régimen de Organización y Prioridad de Actividades Bailables en el Ejido Municipal de Abra Pampa.
ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que la presente Ordenanza entre en vigencia a partir de su promulgación, debiendo las áreas municipales competentes adoptar las medidas necesarias para su implementación y cumplimiento.
ARTÍCULO 3º: NOTIFIQUESE mediante copia del presente acto al Concejo Deliberante y a las áreas que correspondan para su conocimiento y a sus efectos. Finalizado el trámite, vuelva y archívese.
Prof. Ariel Adolfo Machaca
Intendente








