BOLETIN OFICIAL Nº 102 – 26/08/2026

La Dra. Ana María Del Huerto Sapag jueza en Cámara en lo Civil y Comercial – Sala II – Vocalía 6, en el expediente C-286183/2025, caratulado: “ACCIÓN EMERGENTE DE LA LEY DEL CONSUMIDOR: TEVES, SANDRA DEL ROSARIO c/ IÑIGO, GASTON EMANUEL y CONSTRUCTORA G&G CASAS PREFABRICADAS Y PREMOLDEADAS”, notifica al Sr. GASTON EMANUEL IÑIGO DNI Nº 34.061.339, de la providencia que a continuación se transcribe: “San Salvador de Jujuy 10 de Febrero del 2026. I.-téngase presente la renuncia formulada por el Dr. Gustavo Javier Jaramillo, quien actuaba en nombre y representación de Iñigo Gastón Emanuel. Intímese al nombrado para que en el término de QUINCE DÍAS se presenten por sÍ o con nuevo patrocinante y/o apoderado, bajo apercibimiento de tenerlos por desistidos de la demanda. II- Asimismo, se le hace saber al letrado que deberá continuar actuando en la causa, hasta el vencimiento del plazo citado precedentemente, bajo pena de daños y perjuicios (art. 79 del C.P.C.C.).- III- Impónese al letrado la carga de notificar al actor la presente providencia, debiendo correr con la confección de la cédula correspondiente, que deberá incorporase al S.I.G.J. en la bandeja de diligencias colaborativas, en el término de CINCO DÍAS y acreditar su diligenciamiento a los cinco días de que la misma se encuentre rubricada y disponible (arts. 63 y 85 del C.P.C.C.).- IV – Téngase presente lo demás solicitado (regulación de honorarios) para su oportunidad.-V – Notifíquese por cédula y a Iñigo Gastón Emanuel en el domicilio real denunciado”. Firmado por Sapag, Ana María Del Huerto – Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial.-Firmado por Taglioli, Agustina Paola – Secretario de Primera Instancia”. San Salvador de Jujuy 28 de Julio del 2026.- I.- Atento las constancias de autos y lo solicitado por el Dr. Gustavo Avila, notifíquese a la accionada EMPRESA NUESTRA SEÑORA DE RIO BLANCO S.A. decreto de fojas 11, 4to. párrafo, mediante Edictos en el Boletín Oficial y un diario local por un día. (art 179 del C.P.C.C) II.- Diligencias a cargo del letrado mencionado las que deberá adjuntar confeccionada en Bandeja Colaborativa del SIGJ. III.- Notifíquese por cédula. Firmado por Mateo, Enrique Rogelio – Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial – Firmado por Taglioli, Agustina Paola- Secretario de Primera Instancia.- Publíquese Edicto en el Boletín Oficial y en un Diario Local por un día.- San Salvador de Jujuy, 7 de Agosto de 2026.-

26 AGO. LIQ. Nº 44855 $1.900,00.-