BOLETIN OFICIAL Nº 100 – 21/08/2026

DECRETO Nº 5679-HF/2026.-

EXPTE. Nº 500-57/2026.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 JUL. 2026.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Ampliase a diez (10) la cantidad de cuotas máximas permitidas previstas en el punto 9º del Anexo que integra el Decreto N° 5364-HF/2026.-

ARTÍCULO 2º.- Lo dispuesto en el Artículo 1° rige a partir de la fecha del presente Decreto.-

ARTICULO 3º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Pase al Boletín Oficial para su publicación y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto. Cumplido gírese a la Dirección Provincial de Rentas y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas.-

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR