BOLETIN OFICIAL Nº 100 – 21/08/2026
DECRETO Nº 5679-HF/2026.-
EXPTE. Nº 500-57/2026.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 JUL. 2026.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Ampliase a diez (10) la cantidad de cuotas máximas permitidas previstas en el punto 9º del Anexo que integra el Decreto N° 5364-HF/2026.-
ARTÍCULO 2º.- Lo dispuesto en el Artículo 1° rige a partir de la fecha del presente Decreto.-
ARTICULO 3º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Pase al Boletín Oficial para su publicación y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto. Cumplido gírese a la Dirección Provincial de Rentas y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR








