BOLETIN OFICIAL Nº 98 – 19/08/2026
El Dr. Matías Leonardo Nieto, juez en Juzgado de Primera Instancia Nº 8 – Secretaría 16, en el expediente D-055883/2025, caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: RIOJA, ADRIANA LILIANA c/ CHOCOBAR, DESIDERIO y OTROS”, cita, emplaza a los herederos de CHOCOBAR, DESIDERIO, CHOCOBAR RICARDO ROBERTO, CHOCOBAR AEMRICO JOSE EDUARDO y OTROS, el proveído que a continuación se transcribe:/// San Pedro de Jujuy, 27 de octubre de 2025. I.-.II.- En consecuencia, téngase por presentada demanda de prescripción adquisitiva de inmueble, respecto al individualizado como Matrícula D-16.791, circunscripción 1, Sección 1, Manzana 25, Parcela 2b, Padrón D-3.750, en contra del Sr. CHOCOBAR DESIDERIO y/o sus herederos RICARDO ROBERTO CHOCOBAR, AMERICO JOSE EDUARDO CHOCOBAR y GRACIELA CHOCOBAR y/o sus herederos y quienes se consideren con derechos”, y córrasele traslado a los nombrados y/o sus herederos Maria Rosa Benitez, conforme lo denunciado mediante escrito nro. 1808938, a quienes se emplaza para que la contesten dentro del término de QUINCE DÍAS (15), debiendo notificarse en los domicilios denunciados, a fin de que comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de tenerse por admitidos los hechos afirmados por el actor (arts. 337 y 439 del C.P.C Y C).III.-. IV.-. V.-. VI.-. VII.-. VIII.- A los fines de evitar futuras nulidades publíquese por edicto el traslado de demanda a los sucesores de los Sres. Desiderio Chocobar, L.E 3.975.347, Ricardo Roberto Chocobar, L.E 7.248.028 y Américo José Eduardo Chocobar, L.E. 8.200.100, por el plazo de 1(un) día en el Boletín Oficial y en un diario del lugar del proceso de amplia difusión. IX.-. X.- Notifíquese por cédula (art. 169 del C.P.C).- Fdo. Dr. Matías Nieto-Juez-ante mi Dra. Alicia Aldonate-Secretaria. San Pedro de Jujuy, 12 de noviembre de 2025.-
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