BOLETIN OFICIAL Nº 97 E.E. – 18/08/2026

CONCEJO DELIBERANTE DE PUESTO VIEJO.-

ORDENANZA N° 501/2026.-

REF. “ADHESIÓN A LEY PROVINCIAL N.º 4.398 RÉGIMEN JURÍDICO BÁSICO DE INTEGRACIÓN SOCIAL PARA LAS PERSONAS DISCAPACITADAS”. (EXPTE 114–CD-2026 INICIADO POR LOS CONCEJALES: MARCELO E. LÓPEZ, TATIANA M. CAZON Y RAMON A. NARVAEZ).

VISTO Y CONSIDERANDO;

La Ley Provincial N.º 4.398 “Régimen Jurídico Básico de Integración Social para las Personas Discapacitadas”, la Constitución de la Provincia de Jujuy, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad con jerarquía constitucional, la Ley Nacional N.º 22.431, la Ley Nacional N.º 24.901 y demás normativa concordante; y

Que, la Ley Provincial N.º 4.398 constituye uno de los pilares fundamentales de la legislación jujeña en materia de protección, promoción e integración social de las personas con discapacidad, estableciendo un régimen jurídico destinado a garantizar el pleno ejercicio de sus derechos mediante el acceso a los servicios de salud, educación, rehabilitación, seguridad social, capacitación laboral y todas aquellas prestaciones necesarias para alcanzar una verdadera igualdad de oportunidades dentro de la comunidad.

Que, la Constitución de la Provincia de Jujuy reconoce expresamente el deber del Estado de proteger a las personas con discapacidad mediante políticas públicas que promuevan su desarrollo integral, su participación activa en la vida social, cultural, educativa, deportiva y laboral, procurando remover todas aquellas barreras que dificulten el ejercicio efectivo de sus derechos fundamentales y su plena inclusión en la sociedad.

Que, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, incorporada al ordenamiento jurídico argentino con jerarquía constitucional, establece que todas las autoridades públicas, incluyendo los gobiernos locales, tienen la obligación de adoptar medidas concretas para garantizar la igualdad, la accesibilidad, la no discriminación, la autonomía personal y la participación plena y efectiva de las personas con discapacidad en todos los ámbitos de la vida comunitaria.

Que, los municipios, como primer nivel de gobierno y administración más cercano a la ciudadanía, desempeñan un rol esencial en la implementación de políticas públicas inclusivas, siendo responsables de generar condiciones que permitan eliminar barreras físicas, comunicacionales, culturales y actitudinales que impidan el ejercicio pleno de los derechos de las personas con discapacidad, promoviendo una comunidad accesible e integrada para todos sus habitantes.

Que, la adhesión municipal a la Ley Provincial N.º 4.398 representa un compromiso institucional con la construcción de políticas públicas permanentes orientadas a fortalecer la inclusión social, la igualdad de oportunidades, la accesibilidad universal y el respeto irrestricto por la dignidad humana, posibilitando además una mayor articulación con los organismos provinciales competentes en la materia para el desarrollo de acciones conjuntas.

Que, resulta indispensable consolidar un marco normativo local que permita orientar las acciones del Municipio hacia la protección integral de las personas con discapacidad, fomentando programas de concientización, accesibilidad, capacitación, acompañamiento institucional y eliminación progresiva de todas aquellas barreras que limiten su participación en condiciones de igualdad con el resto de la comunidad.

Que, la inclusión de las personas con discapacidad no constituye únicamente una obligación legal sino también un principio de justicia social y de respeto por los derechos humanos, requiriendo el compromiso de todos los organismos públicos para garantizar una sociedad más equitativa, solidaria e inclusiva, donde cada persona pueda desarrollar plenamente sus capacidades y ejercer sus derechos sin discriminación alguna.

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde que el Municipio de Puesto Viejo adhiera formalmente a la Ley Provincial N.º 4.398, reafirmando su voluntad de impulsar políticas públicas inclusivas que contribuyan al bienestar, la integración social y el mejoramiento de la calidad de vida de las personas con discapacidad, fortaleciendo el trabajo conjunto con la Provincia y promoviendo una comunidad comprometida con el respeto de los derechos de todos sus habitantes.

Por Ello;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.

Artículo 1º-. ADHIÉRASE, la Municipalidad de Puesto Viejo, en todos sus términos a LEY PROVINCIAL N.º 4.398 “Régimen Jurídico Básico de Integración Social para las Personas Discapacitadas”, comprometiéndose a promover, en el ámbito de sus competencias, el cumplimiento de sus principios, objetivos y disposiciones.

Artículo 2º-. Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal la adopción de las medidas administrativas, institucionales y de coordinación necesarias para implementar acciones, programas y políticas públicas que favorezcan la inclusión, accesibilidad, igualdad de oportunidades, participación social y protección integral de las personas con discapacidad, en articulación con los organismos provinciales y nacionales competentes.

Artículo 3º-. DE FORMA.-

SALA DE SESIONES, 06 DE AGOSTO DE 2026.-

Marcelo Eduardo López

Presidente