BOLETIN OFICIAL Nº 97 E.E. – 18/08/2026

CONCEJO DELIBERANTE DE PUESTO VIEJO.-

ORDENANZA N° 496/2026.-

REF. “ADHESIÓN A LEY NACIONAL N° 27.044 JERARQUÍA CONSTITUCIONAL A LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD”. (EXPTE 114–CD-2026 INICIADO POR LOS CONCEJALES: MARCELO E. LÓPEZ, TATIANA M. CAZON Y RAMON A. NARVAEZ).

VISTO Y CONSIDERANDO;

La Ley Nacional N.º 27.044, que otorga jerarquía constitucional a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y a su Protocolo Facultativo, en los términos del artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional; la Ley Nacional N.º 26.378; la Ley Nacional N.º 22.431; y;

Que, la Ley Nacional N.º 27.044 representa uno de los avances más significativos en materia de protección y promoción de los derechos humanos de las personas con discapacidad, al conferir jerarquía constitucional a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y a su Protocolo Facultativo, incorporándolos al más alto nivel del ordenamiento jurídico argentino y convirtiéndolos en una guía obligatoria para la formulación, interpretación y aplicación de todas las políticas públicas en los distintos niveles del Estado.

Que, el otorgamiento de jerarquía constitucional a la Convención reafirma el compromiso asumido por la República Argentina con el respeto irrestricto de la dignidad humana, la igualdad de oportunidades, la no discriminación, la accesibilidad universal, la autonomía personal, la participación plena y efectiva en la sociedad y el reconocimiento de las personas con discapacidad como sujetos plenos de derechos, superando definitivamente modelos asistencialistas para adoptar un enfoque basado en los derechos humanos.

Que, los municipios desempeñan un rol esencial en la implementación efectiva de los principios y derechos reconocidos por la Convención, debido a su cercanía con la comunidad y a su capacidad para diseñar e implementar políticas públicas que promuevan la inclusión, eliminen barreras físicas, comunicacionales, actitudinales e institucionales, y garanticen el acceso igualitario a los servicios públicos, a la educación, al empleo, a la salud, al deporte, a la cultura y a todos los ámbitos de la vida comunitaria.

Que, la accesibilidad constituye un principio transversal de la Convención y una condición indispensable para que las personas con discapacidad puedan ejercer sus derechos en igualdad de condiciones con las demás personas, razón por la cual resulta imprescindible que el Municipio impulse acciones permanentes destinadas a eliminar obstáculos que limiten o impidan su participación plena en la vida social.

Que, la construcción de una sociedad verdaderamente inclusiva exige la adopción de medidas legislativas, administrativas, educativas y culturales que promuevan el respeto por la diversidad humana, la valoración de las capacidades de las personas con discapacidad y la erradicación de toda forma de discriminación, estigmatización o exclusión social.

Que, la adhesión municipal a la Ley Nacional N.º 27.044 constituye una manifestación concreta del compromiso institucional con la promoción y protección de los derechos humanos, consolidando un marco normativo local alineado con los estándares constitucionales e internacionales vigentes y fortaleciendo las políticas públicas destinadas a garantizar la igualdad real de oportunidades.

Que, resulta necesario que todas las dependencias de la administración pública municipal incorporen en sus actuaciones los principios de accesibilidad, diseño universal, ajustes razonables, participación, inclusión y respeto por la dignidad de las personas con discapacidad, asegurando que toda acción estatal tenga como finalidad la efectiva protección de sus derechos.

Que, corresponde al Honorable Concejo Deliberante sancionar la presente Ordenanza de adhesión, reafirmando el compromiso de la Municipalidad de Puesto Viejo con el cumplimiento de los principios establecidos por la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos, promoviendo una comunidad más justa, inclusiva, accesible e igualitaria para todos sus habitantes.

Por Ello;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.

Artículo 1º-. Adhiérase la Municipalidad de Puesto Viejo, en todos sus términos, a la Ley Nacional N.º 27.044, mediante la cual se otorga jerarquía constitucional a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y a su Protocolo Facultativo, reafirmando el compromiso del Municipio con la promoción, protección y garantía de los derechos humanos de las personas con discapacidad.

Artículo 2º-. Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de las áreas competentes, la adopción de las medidas administrativas, institucionales y de difusión necesarias para incorporar en las políticas públicas municipales los principios, derechos y obligaciones establecidos en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, promoviendo acciones de sensibilización, capacitación, accesibilidad e inclusión en todos los ámbitos de la administración pública municipal.

Artículo 3º-. DE FORMA.-

SALA DE SESIONES, 06 DE AGOSTO DE 2026.-

Marcelo Eduardo López

Presidente