BOLETIN OFICIAL Nº 97 E.E. – 18/08/2026

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 6516

“DECLARACIÓN DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETOS A EXPROPIACIÓN DE LOS INMUEBLES AFECTADOS POR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO TRAVESÍA URBANA EN RUTA NACIONAL N° 9 – TRAMO ACCESO SUR – INT. RUTA PROV. N° 8 (LOS ALISOS), SECCIÓN: EMP. RP N° 8 (KM 1681,34)-EMPALME RN N° 66 (KM 1687,19), UBICADOS EN SAN SALVADOR DE JUJUY”

ARTÍCULO 1º.- La presente Ley se dicta en el marco del Proyecto denominado “Travesía Urbana en Ruta Nacional N° 9 – Tramo Acceso Sur Int. Ruta Provincial N° 8 (Los Alisos), Sección: EMP. RP N° 8 (Km 1681,34) Empalme RN N° 66 (Km 1687,19)”, declarado de Interés Público y sujeto al Régimen Provincial de Iniciativa Privada por Decreto N° DECRETO-2026-17-E-JUJ-GOB de fecha 22 de junio de 2026, dictado en los términos del Decreto Acuerdo N° 2.315-G-2.016, ratificado por Ley N° 5972.-

ARTÍCULO 2º.- La presente Ley tiene por objeto declarar de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles y/o fracciones de los mismos que se identifican en los Artículos siguientes, los cuales resultan necesarios para la ejecución integral del Proyecto referenciado en el Artículo precedente, conforme la traza definida en la documentación técnica del mismo.-

ARTICULO 3º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 9.644,9095 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-72955, Matrícula A-37201, Lote 102, ubicada en Alto Comedero- Los Alisos, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es la Señora BARCENA, MARÍA RAQUEL, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTICULO 4º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 3.518,9954 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-106004, Circunscripción 5, Sección 1, Manzana s/n, Parcela 1526, Matrícula A-82155, sujeto a mensura, ubicada en San Salvador de Jujuy-San Pedrito (hoy Los Alisos-Alto Comedero), Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es el Condominio DE MICHIEL GUERRERO, PEDRO LUCIANO; DE MICHIEL GUERRERO, MAURO MARCELO Y DE MICHIEL GUERRERO, FRANCO, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 5º- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 1.469,6081 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-106005, Circunscripción 5, Sección 1, Manzana s/n, Parcela 1527, Matrícula A-82156, sujeto a mensura, ubicada en la localidad de San Salvador de Jujuy- San Pedrito (hoy Los Alisos-Alto Comedero), Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es la FUNDACION RECREAR con Usufructo a favor de la Señora ALONSO, MARIA BERTA, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 6º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 542,4519 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-77547, Circunscripción 1, Sección 20, Manzana s/n, Parcela 1090, Matrícula A-52574, sujeto a mensura, ubicada en Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es DOMINIO FIDUCIARIO DE ESPINOSA, PEDRO MANUEL, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 7º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 54,0775 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-98448, Circunscripción 1, Sección 20, Manzana s/n, Parcela 1233, Matrícula A-74823, sujeto a mensura, ubicada en Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es LICUDIS, ANDRES ANIBAL, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 8º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 108,60 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-54055, Circunscripción 5, Sección 2, Manzana 5, Parcela 5, Lote 5, Matrícula A-33550, sujeto a mensura, ubicada en Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es el condominio integrado por RAMOS, ROBERTO; PILLCO ACHO DIONICIO; PILLCO, NANCY BEATRIZ, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 9º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 503,98 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A- 54060, Circunscripción 5, Sección 2, Manzana 6, Parcela 3, Lote 3, Matrícula A-33555, sujeto a mensura, ubicada en Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es ATTIE, FIORELA JORGELINA, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 10º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 246,39 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-54061, Circunscripción s/n, Sección s/n, Manzana 6, Lote 4, Matrícula A-33556, sujeto a mensura, ubicada en Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es HERRERA ROJAS DE AYALA, JOSEFINA, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 11º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 31.045,5834 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-70770, Circunscripción 5, Sección 2, Manzana s/n, Parcela 1034, Lote 1034, Matrícula A-32925, sujeto a mensura, ubicada en Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es CAMPOFER S.A., y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 12º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 1.135,3783 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-73754, Circunscripción 5, Sección 2, Manzana s/n, Parcela 1037, Matrícula A-43017, sujeto a mensura, ubicada en Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es el Condominio: PEROVIC PABLO GUSTAVO, PEROVIC SERGIO ADOLFO, PEROVIC CECILIA LEONOR y PEROVIC FEDERICO JOSÉ, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 13º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 2.142,1354 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-72562, Circunscripción s/n, Sección s/n, Manzana s/n, Lote 100, Matrícula A-37196, sujeto a mensura, ubicada en Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es ASOCIACION BANCARIA SECCIONAL JUJUY, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 14º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 2.124,4565 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-87604, Circunscripción 1, Sección 20, Manzana s/n, Parcela 1087, Matrícula A-63815, sujeto a mensura, ubicada en Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es ASOCIACION DEPORTIVA Y CULTURAL DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 15º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 2.572,3595 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-73755, Circunscripción 5, Sección 2, Manzana s/n, Parcela 1038, Matrícula A-43018, sujeto a mensura, ubicada en Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es el Condominio: PEROVIC PABLO GUSTAVO, PEROVIC SERGIO ADOLFO, PEROVIC CECILIA LEONOR y PEROVIC FEDERICO JOSE, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 16º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 3.402,4533 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-119205, Circunscripción 5, Sección 1, Manzana s/n, Parcela 1202, Matrícula A-96341, sujeto a mensura, ubicada en Los Alisos- Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es ASOCIACION CIVIL TODOS JUNTOS, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 17º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 51.926,8394 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-53852, Circunscripción 5, Sección 2, Manzana s/n, Parcela 48-l-4, Lote 48-l-4, Matrícula A-6754, sujeto a mensura, ubicada en Los Alisos- Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es BUSTAMANTE, MARIA ELSA, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 18º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 1.769,8087 m2 de superficie, que colinda con la Ruta Nacional N° 9, y una fracción de terreno de aproximadamente 520,12 m2 de superficie, ubicado en el contrafrente del mismo terreno, que se desprenden del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-79358, Circunscripción 5, Sección 2, Manzana s/n, Parcela 1109, Matricula A-54479, sujeto a mensura, ubicada en Los Alisos- Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es FERMI DE MACHADO, MARIA AMELIA DEL ROSARIO, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 19º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 930,7617 m2 de superficie, que colinda con la Ruta Nacional N° 9 y una fracción de terreno de aproximadamente 346,92 m2 de superficie, ubicado en el contrafrente del mismo terreno, que se desprenden del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-79359, Circunscripción 5, Sección 2, Manzana s/n, Parcela 1110, Matrícula A-54480, sujeto a mensura, ubicada en Los Alisos-Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es FERMI, RICARDO, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 20º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 950,0166 m2 de superficie, que colinda con la Ruta Nacional N° 9 y una fracción de terreno de aproximadamente 479,57 m2 de superficie, ubicado en el contrafrente del mismo terreno, que se desprenden del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-79360, Circunscripción 5, Sección 2, Manzana s/n, Parcela 1111, Matrícula A-54481, sujeto a mensura, ubicada en Los Alisos-Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es FERMI ALFREDO ALEJANDRO, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 21º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 186,36 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-79361, Circunscripción 5, Sección 2, Manzana s/n, Parcela 1112, Matrícula A-54482, sujeto a mensura, ubicada en Los Alisos-Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es FERMI ALFREDO ALEJANDRO, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 22º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 1.613,92 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-79362, Circunscripción 5, Sección 2, Manzana s/n, Parcela 1113, Matrícula A-54483, sujeto a mensura, ubicada en Los Alisos-Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es FERMI MARIA GABRIELA, y/o quien resulte ser su legitimo propietario.-

ARTÍCULO 23º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 619,4445 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-78116, Circunscripción 5, Sección 2, Manzana s/n, Parcela 1081, Matrícula A-52696, sujeto a mensura, ubicada en Los Alisos-Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es FERMI MARIA GABRIELA, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 24º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 611,8747 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-78117, Circunscripción 5, Sección 2, Manzana s/n, Parcela 1082, Matrícula A-52697, sujeto a mensura, ubicada en Los Alisos-Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es FERMI RICARDO, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 25º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 639,5799 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-78118, Circunscripción 5, Sección 2, Manzana s/n, Parcela 1083, Matrícula A-52698, sujeto a mensura, ubicada en Los Alisos- Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es FERMI MARIA AMELIA DEL ROSARIO, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 26º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente 747,3132 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-78119, Circunscripción 5, Sección 2, Manzana s/n, Parcela 1084, Matrícula A-52699, sujeto a mensura, ubicada en Los Alisos- Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es FERMI ALFREDO ALEJANDRO, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 27º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una parcela de aproximadamente 250,0000 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-109983, Circunscripción 5, Sección 2, Manzana 980, Parcela 4, Matrícula A-89194, sujeto a mensura, ubicada en Alto Comedero-Los Alisos, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es GERONIMO RAMONA, y/o quien resulte ser su legitimo propietario.-

ARTÍCULO 28º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una parcela de aproximadamente 386,0227 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-109984, Circunscripción 5, Sección 2, Manzana 980, Parcela 5, Matricula A-89195, sujeto a mensura, ubicada en Alto Comedero- Los Alisos, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es ALARCON CECILIO, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 29º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una parcela de aproximadamente 301,0681 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-109985, Circunscripción 5, Sección 2, Manzana 980, Parcela 6, Matrícula A-89196, sujeto a mensura, ubicada en Alto Comedero- Los Alisos, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es BELLOMO SOCIEDAD ANONIMA, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 30º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una parcela de aproximadamente 250,0000 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-109986, Circunscripción 5, Sección 2, Manzana 980, Parcela 7, Matrícula A-89197, sujeto a mensura, ubicada en Alto Comedero- Los Alisos, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es BELLOMO SOCIEDAD ANONIMA, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 31º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una parcela de aproximadamente 250,0000 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-109987, Circunscripción 5, Sección 2, Manzana 980, Parcela 8, Matrícula A-89198, sujeto a mensura, ubicada en Alto Comedero- Los Alisos, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es PUCA OLIVER VLADIMIR RAMON, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 32º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una parcela de aproximadamente 250,0000 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-109988, Circunscripción 5, Sección 2, Manzana 980, Parcela 9, Matrícula A-89199, sujeto a mensura, ubicada en Alto Comedero- Los Alisos, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es BLAS NANCY MIRIAM, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 33º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una parcela de aproximadamente 16.235,1948 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-53849, Circunscripción s/n, Sección s/n, Manzana s/n, Lote 48-l-1, Matrícula A-8734, sujeto a mensura, ubicada en Alto Comedero- Los Alisos, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es BUSTAMANTE PEREZ RENE JAIME, y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 34º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una parcela de aproximadamente 11.359,9702 m2 de superficie, que se desprende del inmueble de mayor extensión identificado catastralmente como: Padrón A-98960, Circunscripción 1, Sección 20, Manzana s/n, Parcela 1254, Matricula A-76611, sujeto a mensura, ubicada en Alto Comedero- Los Alisos, San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, cuyo titular registral es MAZA IRIS LORENA (dominio fiduciario), y/o quien resulte ser su legítimo propietario.-

ARTÍCULO 35º.- Facúltese al Poder Ejecutivo Provincial a determinar la superficie efectiva a expropiar, de cada uno de los inmuebles individualizados en los artículos anteriores para concretar todos los actos y trámites tendientes a la adquisición registral de los inmuebles y predios, como para delimitar y precisar su efectiva afectación.-

ARTÍCULO 36º.- Las superficies consignadas en los artículos precedentes tienen carácter estimativo y han sido determinadas sobre la base de estudios preliminares. La superficie efectiva de afectación de cada inmueble será la que resulte de los relevamientos, estudios técnicos, proyectos ejecutivos y mensuras que se practiquen para la ejecución de la obra pública, pudiendo verificarse diferencias en más o en menos respecto de las superficies consignadas en la presente Ley, siempre que la afectación recaiga sobre los inmuebles individualizados en ella.-

ARTÍCULO 37.- Facultese al Poder Ejecutivo Provincial a aprobar la delimitación definitiva de las superficies y fracciones efectivamente afectadas, incluyendo la apertura de nuevas parcelas, modificación de remanentes, registración de fracciones expropiadas y toda otra operación técnico-registral derivada de la ejecución de la presente Ley.-

ARTÍCULO 38º.- A los fines de la indemnización correspondiente, el valor de los bienes determinados sobre las parcelas mencionadas en los Artículos anteriores, serán establecidos conforme a la tasación practicada por el Tribunal de Tasaciones de la Provincia. Sin perjuicio de la determinación definitiva que pudiere corresponder en sede judicial conforme la legislación vigente.-

ARTÍCULO 39º.- Autorizase al Poder Ejecutivo Provincial a procurar la adquisición por avenimiento de los inmuebles o fracciones comprendidas en la presente Ley, conforme la normativa vigente, sin perjuicio de promover las acciones expropiatorias que resulten necesarias.-

ARTÍCULO 40º.- Previo al pago de la indemnización correspondiente, los organismos provinciales competentes deberán informar la existencia de créditos líquidos, exigibles y firmes que el Estado Provincial posea contra el titular del inmueble expropiado. El Poder Ejecutivo Provincial queda facultado para acordar, en el marco del procedimiento expropiatorio o de avenimiento, la compensación total o parcial de tales créditos con la indemnización que corresponda abonar, conforme a la normativa vigente y con la conformidad expresa del expropiado.-

ARTÍCULO 41º.- El Poder Ejecutivo Provincial deberá contemplar en la Ley de Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos vigente los recursos necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Ley.-

ARTÍCULO 42º.- El Poder Ejecutivo Provincial arbitrará las medidas administrativas, presupuestarias y legales necesarias para la ejecución de la presente Ley.-

ARTÍCULO 43º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de Agosto de 2026.-

Martín Luque

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

Dip. Mario. R. Fiad

Vicepresidente 1°

a/c Presidencia

Legislatura de Jujuy

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.-

EXPTE. Nº 200-191/2026.-

CORRESP. A LEY Nº 6516.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 AGO. 2026.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase a Escribanía de Gobierno, Ente Autárquico Regulador de Planificación Urbana y Ministerio de Hacienda y Finanzas para su conocimiento. Cumplido, vuelva a Jefatura de Gabinete de Ministros a sus efectos.-

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR