BOLETIN OFICIAL Nº 96 – 14/08/2026

Matías Leonardo Nieto Juez del Juzgado de Primera Instancia Nº 8 – Secretaría 16, en el expediente D-058375/2025, caratulado: “SECUESTRO PRENDARIO: FCA COMPAÑÍA FINANCIERA S.A. c/ YAPURA, NILDA DEL CARMEN”, notifica a YAPURA, Nilda del Carmen – DNI Nº 14.208.057, domiciliado en Leopoldo Lugones S/N, Barrio San Julián, Santa Clara, Departamento Santa Bárbara, Provincia de Jujuy, de la providencia que a continuación se transcribe: San Pedro de Jujuy, 05 de noviembre de 2025. I.-Téngase por presentado al Dr. Jorge Javier Arias, por constituido domicilio legal y por parte, para actuar en nombre y representación de FCA COMPAÑÍA FINANCIERA S.A. a mérito del poder general para juicios cuya copia juramentada acompaña en autos. II.- … III.- … IV.- En consecuencia, téngase por iniciado y presentado el Secuestro Prendario y conforme se solicita y dispone el art. 39 y art. 28 de la Ley Nº 12.962, líbrese en contra de la Sra. Nilda Del Carmen Yapura – DNI 14.208.057 con domicilio en LEOPOLDO LUGONES S/N, B° SAN JULIAN, SANTA CLARA, SANTA BARBARA, PROV. JUJUY, con expresa habilitación de días y horas necesarias el respectivo mandamiento de secuestro del bien prendado, consistente en un vehículo marca FIAT, tipo SEDAN 4 PUERTAS, modelo CRONOS PRECISION 1.8 MT, motor marca FIAT Nº 552732563815461, chasis marca FIAT 8AP359A45NU176570 e inscripto al dominio AF036FR. V.-Asimismo, comisiónese al Sr. Juez de Paz, que por jurisdicción corresponda, con facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública y de cerrajero, si fuere necesario, procediéndose así al secuestro de la documentación correspondiente, debiéndose efectuar la medida en el domicilio denunciado o en el lugar donde se encuentre el bien prendado y en poder de quien sea habido; debiendo abstenerse de realizar el secuestro en caso que reparticiones oficiales aleguen derechos sobre el vehículo, facultándose para el diligenciamiento y designándose depositario judicial a los Martilleros Publicos Sergio E. Alonso y/o Guillermo A. Durand, con las facultades y prevenciones de ley. VI.- Conferir vista por el término de cinco (5) días al accionada Sra. Nilda Del Carmen Yapura – DNI 14.208.057, para que tome conocimiento de las presentes actuaciones y ejerza su derecho de defensa, bajo apercibimiento de autorizar al pretensor para continuar el trámite contemplado por el 39 del Decr. Ley 15.348/46. VII.- Hacer saber al promotor y a los depositarios judiciales que deberán abstenerse de efectuar cualquier acto de disposición material o jurídica del rodado secuestrado hasta tanto el juzgado le otorgue expresa autorización para proceder conforme lo normado por el art. 39 del Decr. Ley 15.348/46, lo que se proveerá cumplida que fuera la vista dispuesta en el punto anterior. VIII.- Atento al estado y constancias de autos, líbrese oficio al Registro del Automotor de la Ciudad de San Pedro, a los fines de que tome razón de la medida de secuestro dispuesta por este Juzgado Civil y Comercial – Secretaria Nº 16, sobre el vehículo marca FIAT, tipo SEDAN 4 PUERTAS, modelo CRONOS PRECISION 1.8 MT, motor marca FIAT Nº 552732563815461, chasis marca FIAT 8AP359A45NU176570 e inscripto al dominio AF036FR. Asimismo, facúltese para su diligenciamiento, al Dr. Jorge Javier Arias y/o la persona que el mismo indique. IX.- Atento al monto de la deuda denunciada por la parte actora, que asciende a la suma de pesos veintidós millones setecientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y siete ($22.759.457,00), intímese al Dr. Jorge Javier Arias para que en el plazo de CINCO (5) DIAS hábiles de notificado, proceda a integrar el pago de la Tasa de Justicia, (art. 33 del Código Fiscal y art. 15 de la Ley Impositiva de la Prov. Nº 6442/25 – anexo), bajo apercibimiento de aplicar una multa de pesos veinte mil ($ 20.000,00) por cada día de mora (art. 16 y 49, inc 5 del CPCC), y a comunicar el incumplimiento a los organismos pertinentes. X.-… XI.- Notifíquese y hágase saber que las diligencias se encuentran en el S.I.G.J. Para su impresión y diligenciamiento. Fdo. Dr. Matías L. Nieto – Juez.- Ante Mi: Dra Marcela F. Artaza – Sec. De Camara. Publíquese por un día en el Boletín Oficial y un Diario de circulación local.- Firmado por Artaza, Marcela Florencia – Secretario de Cámara.-