BOLETIN OFICIAL Nº 91– 05/08/2026

El Dr. Sebastian Cabana, Juez en lo Civil y Comercial Nº 4 Secretaría Nº 8 en el Expte. Nº C-261658/24 caratulado “CETROGAR S.A. c/ PAULA ANALIA FLORES” procede a notificar el siguiente proveído: “San Salvador de Jujuy, 02 de diciembre de 2025.-Atento a las constancias de autos y lo solicitado precedentemente por la parte actora, notifíquese por Edictos a la parte demandada: SRA. PAULA ANALIA FLORES, DNI. Nº 32.629.485, que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nro. 8 de esta ciudad de San Salvador de Jujuy se tramita la presente causa, en consecuencia de conformidad a lo previsto por los Arts. 515 y 519 del CPCyC, intimase a la accionada a depositar la suma de $ 239.862,09 reclamada por capital con más la suma de $ 59.966,00 para acrecidas legales. Cítesela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro de los CINCO DIAS posteriores a la última publicación de edictos, en este Juzgado y Secretaria, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes (Art. 109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).Asimismo córrase traslado del pedido de intereses por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Intimase a la demandada a constituir domicilio legal dentro de los tres kilómetros de este Juzgado. A tal fin publíquense edictos por un día, en un diario local y en el Boletín Oficial (Art.169 del CPCyC).- Notifíquese por cédula electrónica y líbrese Edictos (Art. 169 CPCyC). Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana, Juez ante mi Proc. Walter Soruco, Firma habilitada. Publíquese edictos por un día en un diario local y en el Boletín Oficial.- San Salvador de Jujuy, 02 de diciembre de 2025, Secretaria Nº 8, a cargo del Proc. Walter Soruco, Firma habilitada.-

  • 05 AGO. LIQ. Nº 44572 $1.900,00.-