BOLETIN OFICIAL Nº 90– 03/08/2026
DECRETO Nº 5405-JG/2026.-
EXPTE. Nº 1082-608/2023.-
AGREG. Nº 200-41/2026 y Nº 300-36/2026.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 JUN. 2026.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Revóquese parcialmente el Decreto N° 4513-E-2025, exclusivamente en lo referido a la naturaleza y extensión de las sanciones disciplinarias impuestas a los agentes Ana Soledad Herrera, Horacio David Orellana y Celia Alejandra López, manteniéndose firmes los restantes términos y fundamentos del citado acto administrativo.-
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyase la sanción de cesantía impuesta a la agente Ana Soledad Herrera, DNI N° 29.915.919, por la sanción de suspensión por el término de sesenta (60) días, sin prestación de servicios ni percepción de haberes.-
ARTÍCULO 3°.- Sustitúyase la sanción de suspensión por el término de sesenta (60) días impuesta al agente Horacio David Orellana, DNI N° 18.156.599, por la sanción de suspensión por el término de treinta (30) días, sin prestación de servicios ni percepción de haberes.-
ARTÍCULO 4°.- Sustitúyase la sanción de suspensión por el término de treinta (30) días impuesta a la agente Celia Alejandra López, DNI N° 18.617.850, por la sanción de suspensión por el término de quince (15) días, sin prestación de servicios ni percepción de haberes.-
ARTÍCULO 5°.- Dispóngase que los períodos de suspensión ya cumplidos por los agentes involucrados serán computados a cuenta de las sanciones establecidas en el presente decreto, debiendo las áreas competentes practicar las adecuaciones administrativas y liquidaciones que correspondan.-
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, Torne razón Fiscalía de Estado. Notifíquese por Secretaría Legal y Técnica. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga al Ministerio de Educación para conocimiento. Cumplido, vuelva a Jefatura de Gabinete de Ministros a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR








