BOLETIN OFICIAL Nº 90– 03/08/2026

DECRETO Nº 5616-S/2026.-

EXPTE. Nº 721-221/2023.-

AGREG. 721-471/2024; 721-1912/2023; 721-1571/2023; 721-1382/2023; 721-1512/2023; 721-1669/2023; 721-1885/2023,721-1865/2023; 721-1888/2023,721-1978/2023, 721-103/2024.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 JUL. 2026.-

VISTO:

La Resolución N° 001040-S/2025, del 26 de mayo de 2025; y

CONSIDERANDO:

Que, por el mentado acto administrativo se reconocieron los servicios prestados por las firmas: FS COMERCIALIZADORA, de Lamas, Gladis Raquel, CUIT N° 27-11664156-4; DISTRIMED S.R.L, CUIT N° 30-70822341-3; MEDIMAX, de Gómez, Alejandro Francisco, CUIT N° 20-28763709-9 y COSMO PHARMA S.R.L. CUIT N° 30-71038967-1, por un importe total de PESOS ONCE MILLONES OCHOCIENTOS SIETE MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO con 80/100 ($ 11.807.624,80.-), en concepto por la cancelación de Obligaciones contraídas durante el Ejercicio 2.023 por el Hospital Dr. Guillermo C. Paterson.

Que, obra intervención de la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos.

Que, obra dictamen legal emitido por Asesoría Legal de Fiscalía de Estado compartido por la Dirección Provincial de Asuntos Legales de dicho organismo del cual surge que, correspondería la emisión del presente acto administrativo.

Que, obra intervención de la Dirección Provincial de Presupuesto, haciendo lo propio Contaduría de la Provincia.

Por ello, en uso de facultades propias y a los efectos de su regularización administrativa,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Ministerio de Salud a imputar la erogación derivada del Expediente N° 721-221-CA-2023 Caratulado: “EXPEDIENTE MADRE N° 210 PEDIDO DE PROVISIÓN N°165 OC N°167 PROVEEDOR: COSMO PHARMA “SOLICITUD COMPRA MATERIAL DESCARTABLE” y Agregados, previa revisión de la actuación a cargo de las autoridades responsables, a la Partida 3-10-15-01-26-0 “Para pago de obligaciones no comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2026, Ley N° 6490/2025, debiendo el organismo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución y rendición de cuentas conforme las disposiciones legales vigentes.-

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Pase a Boletín Oficial para su publicación en forma integral, y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión, siga a la Dirección Provincial de Presupuesto ya Contaduría de la Provincia. – Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR