BOLETIN OFICIAL Nº 90– 03/08/2026

DECRETO Nº 5555-ISPTyV/2026.-

EXPTE. Nº 852-0100/2014.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUN. 2026.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Déjase sin efecto, a partir de la fecha del presente, la adjudicación dispuesta por Decreto N° 7489-H, de fecha 26 de noviembre de 1969, a favor del Sr. ELISEO MAMANI, D.N.I. N° 7.278.303, respecto del Lote Nº 12, Manzana Nº 47, Padrón A-16898, ubicado en Villa Los Ceibos de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Adjudícase en propiedad, a título oneroso, el terreno fiscal identificado como Lote N° 12, Manzana N° 47, Padrón A-16898, ubicado en Villa Los Ceibos de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, a favor del Sr. MARIO ARMANDO MAMANI, D.N.I. N° 17.262.930, conforme los fundamentos expuestos en el presente decreto.-

ARTÍCULO 3º.- Establécese que el precio del lote se encuentra cancelado en su totalidad no adeudándose suma alguna en concepto de tierras fiscales.-

ARTÍCULO 4º.- Déjase establecido que el adjudicatario, junto con su grupo familiar, se encuentran excluidos de los programas de viviendas y/o loteos fiscales urbanos que inicien o ejecuten organismos nacionales, provinciales y municipales dentro del territorio de la Provincia de Jujuy, con excepción de los programas oficiales destinados a la construcción de viviendas que requieran la utilización del terreno adjudicado.-

ARTÍCULO 5º.- Prohibese al adjudicatario transferir, ceder o disponer del inmueble objeto del presente por el plazo de diez (10) años, conforme lo establecido en el Artículo 75. inciso 3, de la Ley Nº 3169/74, y en el Artículo 20 del Decreto Reglamentario N° 5801-ISPTyV/2017.-

ARTÍCULO 6°.- Facúltase a Escribanía de Gobierno a extender la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio.-

ARTÍCULO 7º.- Regístrese. Tómese razón por Fiscalía de Estado. Notifíquese al interesado. Publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Comuníquese a la Dirección Provincial de Inmuebles, a la Dirección Provincial de Rentas y a Escribanía de Gobierno, a sus efectos. Cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda.-

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR