BOLETIN OFICIAL Nº 89 – 31/07/2026
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
DECRETO Nº 1810.26.041.-
EXPEDIENTE Nº 16 – 11455 – 2026 – 1.-
San Salvador de Jujuy, 20 JUL 2026.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 8297/2026, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 09/2026 de fecha 02 de Julio de 2026, mediante el cual se crea el Programa Municipal de Educación Vial Escolar, con el objeto de promover la enseñanza sistemática y permanente de la seguridad vial en los Establecimientos Educativos del Ejido Municipal de San Salvador de Jujuy, articulando la acción directa del Municipio con la colaboración de la Jurisdicción Provincial; y
CONSIDERANDO:
Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Desarrollo Humano, el mismo expresa que no hay objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;
Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8297/2026, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 09/2026 de fecha 02 de Julio de 2026, mediante la cual se crea el Programa Municipal de Educación Vial Escolar, con el objeto de promover la enseñanza sistemática y permanente de la seguridad vial en los Establecimientos Educativos del Ejido Municipal de San Salvador de Jujuy, articulando la acción directa del Municipio con la colaboración de la Jurisdicción Provincial.-
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Desarrollo Humano, Lic. GUSTAVO RICARDO MURO, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Secretaría de Desarrollo Humano, y a la Coordinación General de Comunicación Municipal. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-
Arq. Raúl E. Jorge
Intendente








