BOLETIN OFICIAL Nº 89 – 31/07/2026
DECRETO Nº 5607-ISPTyV/2026.-
EXPTE. Nº 516-807/2006.-
AGREG. Nº 0615-863/2001, Nº 0615-534/2025 у Nº 0615-519/2025.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 JUL. 2026.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Ratifícase la Resolución N° 497 de fecha 28 de noviembre del 2017, dictada por la Dirección Provincial de Inmuebles, a los efectos de su aplicación al Plano de Mensura y Reparcelamiento N° 23566 aprobado por la Dirección Provincial de Inmuebles en fecha 17 de noviembre de 2023.-
ARTÍCULO 2º.- Desaféctese las superficies destinadas a calles, ochavas, pasaje, circulación peatonal, edificio público, y demás espacios de uso público que surgen de los planos de loteos existentes, aprobados o registrados, objeto del reparcelamiento.-
ARTÍCULO 3º.- Dése intervención a la Legislatura de la Provincia de Jujuy, a los efectos de la oportuna ratificación de lo dispuesto en el presente Decreto.-
ARTÍCULO 4º.- Facúltase a la Dirección Provincial de Inmuebles a realizar las anotaciones correspondientes a los efectos de subsanar las situaciones que deriven del reparcelamiento en el loteo del Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado, publíquese en el Boletín Oficial. Pase a Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Siga a Dirección Provincial de Inmuebles. Vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR








