BOLETIN OFICIAL Nº 88 – 29/07/2026
El Dra. jueza María Luisa Arias del Tribunal de Familia – Sala I – Vocalía 1, en el expediente C-221624/2023, caratulado: “ALIMENTOS: CORDOBA CASANOVA, ORNELLA ABRIL c/ CORDOBA, LUIS MIGUEL”, notifica a LUIS MIGUEL CORDOBA DNI: 12.005.323, la providencia que a continuación se transcribe: “En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 02 del mes de Julio de dos mil veintiséis.- AUTOS y VISTO: Los del expediente C-221624/2023 “ALIMENTOS: CORDOBA CASANOVA, ORNELLA ABRIL c/ CORDOBA, LUIS MIGUEL” y, CONSIDERANDO: … RESUELVE: 1.- Hacer lugar a la demanda por alimentos promovida por Srta. ORNELLA ABRIL CORDOBA CASANOVA, DNI 45.327.629 en contra del Sr. LUIS MIGUEL CORDOBA, DNI Nº 12.005.323, y en su mérito condenar al demandado a abonar como cuota alimentaria definitiva a su favor, el veinticinco por ciento (25%) de los haberes jubilatorios con más SAC, asignaciones familiares y obra social. Dicho monto serán depositados en el Banco Macro, en una cuenta abierta en autos del 1º al 10 de cada mes, a la orden del Tribunal como pertenecientes a los presentes obrados y serán abonados a la actora contra la sola presentación de su documento de identidad, oficiándose a sus efectos. 2.- Establecer que los gastos extraordinarios relacionados con su hija Ornella Abril Córdoba Casanova, serán abonados en partes iguales por los progenitores, en el cincuenta por ciento (50%) cada uno. 3.-Imponer las costas al demandado alimentante, según lo expuesto en el Considerando. 4.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. Miriam Soledad Valdez se regulan en la suma de pesos trescientos veintidós mil cuatrocientos setenta y uno con 8/100 cvos. ($322.471,8.-) y los de la Dra. Claudia Alejandra Vargas en la suma de pesos trescientos veintidós mil cuatrocientos setenta y uno con 8/100 cvos. ($322.471,8.-) conforme los fundamentos expuestos en el Considerando con más IVA de corresponder, y hacer saber al letrado que deberá cumplimentar la reposición del aporte del seis por ciento (6%) sobre los honorarios regulados (artículo 83 ley 4764/1994). 5.- Notifíquese, regístrese, ofíciese y oportunamente archívese.- Firmado Electrónicamente, por Arias, María Luisa – Juez del Tribunal de Familia – Tejerina, Silvana Inés – Secretario de Primera Instancia.-
- 29/31 JUL. 03 AGO. LIQ. Nº 44560 $5.700,00.-








