BOLETIN OFICIAL Nº 88 – 29/07/2026
Acta N° 31.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy, a los 31 días del mes de marzo de 2026 siendo las 19:00 horas, se reúnen en la sede social de calle Obispo Muhn 585, los socios de la firma INGENIERIA & SOFTWARE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.- El señor Federico Martín López Calsina, el señor Neri Alejandro Sadir y el señor Carlos Fernando Landriel, quienes representan la totalidad del capital social. Preside el acto el socio Gerente, señor Federico Martín López Calsina. Orden del día: 1- Consideración y aprobación de la Cesión de cuotas sociales del Sr. Carlos Fernando Landriel.- 2- Modificación del Contrato Social (Capital y Plazo de Duración). 3- Ratificación del Acuerdo de Extinción de Relación Laboral- 4- Autorizaciones para trámites registrales. Desarrollo de los puntos: Primero: CESION DE CUOTAS. Toma la palabra el Sr. Carlos Fernando Landriel, quien manifiesta su decisión de retirarse de la sociedad. En este acto, se informa que el Sr Landriel cede la totalidad de sus doscientas (200) cuotas sociales de valor nominal diez pesos ($ 10) cada una, de la siguiente manera: *Cien (100) cuotas al Sr Federico López Calsina. *Cien (100) cuotas al Sr. Neri Alejandro Sadir. La cesión se realiza por un precio total de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000), suma que el cedente declara haber percibido mediante transferencia bancaria. Los cesionarios aceptan, la transferencia de todos los derechos y obligaciones inherente a dichas cuotas. Segundo: GRATIFICACIÓN POR CESE Y DESVINCULACIÓN LABORAL. Se deja constancia de que, en el marco de la extinción de la relación laboral por mutuo acuerdo (ART. 241 LCT) la sociedad Ingeniería y Software S.R.L., abonará al Sr. Carlos Fernando Landriel una Gratificación Extraordinaria por Egreso. -El monto total de dicha gratificación asciende a la suma de Pesos Veintidós Millones ($22.000.000). -Se ratifica que el pago se hará efectivo mediante un desembolso inicial de Trece Millones ($13.000.000) el día 12 de abril de 2026. -El saldo restante de Nueve Millones ($ 9.000.000) se cancelará en seis (6) cuotas mensuales consecutivas a partir del 12 de mayo de 2026. -Todas las transferencias se realizarán a la cuenta sueldos del Sr. Landriel en el Banco Macro S.A.. -El Sr. Landriel manifiesta que, una vez percibida la totalidad del plan de pagos, dicha suma cubre con exceso cualquier expectativa resarcitoria, otorgando el más amplio y eficaz recibo de pago por todo concepto. -Ambas partes ratifican que la cesión de cuotas y el acuerdo laboral constituyen una unidad de desvinculación integral y definitiva, no adeudándose suma alguna por ningún concepto adicional. Tercero: MODIFICACIÓN DEL CONTRATO SOCIAL. Como consecuencia de la cesión, los socios restantes resuelven por unanimidad. 1 – Recaudación del Capital: El capital social de $ 10.000 queda distribuido en partes iguales: 500 cuotas para el Sr. López Calsina y 500 cuotas para el Sr. Sadir. 2 – Prórroga de Duración: Se decide prorrogar la vigencia de la sociedad por veinte (20) años adicionales, extendiéndose el plazo hasta el 27 de abril de 2046. -Cuarto: AUTORIZACIONES. Se faculta a los profesionales intervinientes para gestionar la inscripción del instrumento de cesión y modificación de contrato ante la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales de Jujuy. -No habiendo más asunto que tratar, se da por finalizada la reunión a las 21:00 horas.- ESC. CAROLINA ALEXANDER- TIT. REG. 62- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-
RESOLUCION Nº 389-DPSC-2026- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 0301-182/2026- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-
San Salvador de Jujuy, 18 de Mayo de 2026.-
DR. LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
- 29 JUL. LIQ. Nº 44532 $3.400,00.-








