BOLETIN OFICIAL Nº 88 – 29/07/2026
CONCEJO DELIBERANTE DE PERICO.-
ORDENANZA N° 2.014/2.026
Ref.: “CREACIÓN DEL PROGRAMA MUNICIPAL DE ESCUELAS DE INICIACIÓN DEPORTIVA CON ENFOQUE INTEGRAL, TERRITORIAL Y DE PROMOCIÓN DE LA SALUD”. EXPTE. N° 12.864/26- INIC. POR CJAL. MIGUEL A. FARFÁN.-
VISTO:
La necesidad de promover el acceso equitativo al deporte y la actividad física como herramientas fundamentales para el desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes; y
El constante reclamo de numerosos vecinos, instituciones y sectores comunitarios han expresado la necesidad de fortalecer las políticas públicas deportivas y generar mayores espacios de inclusión, formación y contención para niños, niñas, adolescentes y jóvenes, promoviendo iniciativas que permitan ampliar el acceso al deporte en todo el territorio municipal; y
Que la Carta Orgánica Municipal establece:
Art. 69º – DE EDUCACION, CULTURA Y MORALIDAD
Inc.6.- “Realizar todas las demás actividades que le competen en materia de moralidad y buenas costumbres, así como las que se les atribuyan en materia cultural, deportiva, turística, recreativa, de esparcimiento popular, de fomento y cuantas más sean de bien comunitario, las que deberán compatibilizar con las del Gobierno Provincial y en su caso, con las de otros municipios”.
Art. 70º – DE SALUD PÚBLICA, ACCION SOCIAL, HIGIENE Y SEGURIDAD PÚBLICA
Inc.2.- “Adoptar todas las medidas tendientes a evitar las epidemias, disminuir sus estragos y remover las causas que las produzcan y mantengan, así como todas las demás medidas que concurran a realizar planes de saneamiento y preservación del medio ambiente y asegurar la salud y el bienestar de la población”.
Inc.5.- “Promover y proveer a la ejecución de las obras y servicios de asistencia y promoción social a cargo de la Municipalidad usando de sus propios recursos y/o los que proporcionen las Comisiones de vecinos u otras entidades, conforme a lo dispuesto por este ordenamiento”.
Inc.7.- “Fomentar el deporte, el turismo social y demás actividades comunitarias, coordinando con las sociedades intermedias con otros municipios u organismos estatales y/o privados, adquiriendo bienes para tales fines y entregando su administración a entidades especiales para ejercer su control, con acuerdo del Concejo Deliberante”. Y;
CONSIDERANDO:
Que, el deporte no debe ser entendido únicamente como una actividad recreativa, sino como una política pública de prevención, integración y construcción comunitaria;
Que, el deporte constituye un derecho social y un pilar esencial para el desarrollo físico, emocional y social de la niñez y la adolescencia;
Que, resulta indispensable garantizar políticas públicas que promuevan la inclusión, la igualdad de oportunidades y la llegada efectiva de propuestas deportivas a los sectores más alejados de la ciudad;
Que, la práctica deportiva sostenida contribuye a la prevención de enfermedades, al fortalecimiento de hábitos saludables y a la construcción de valores como el trabajo en equipo, la solidaridad y el respeto;
Que, un abordaje integral del deporte requiere la articulación de distintas áreas del Estado Municipal, en especial las vinculadas a deportes, salud y educación;
Que, el acompañamiento desde el área de salud y el gabinete psicopedagógico municipal permite la detección temprana y el abordaje oportuno de situaciones que requieran intervención profesional;
Que, la correcta alimentación es un componente fundamental del desarrollo infantil, siendo la colación saludable un aporte clave para quienes participan de actividades deportivas;
Que, la Cooperativa de Feriantes Mayoristas Frutihortícolas del Norte Argentino ha manifestado su voluntad de colaborar solidariamente mediante la donación de frutas y otros productos para la colación de los niños y niñas participantes;
Que, resulta necesario centralizar y organizar el acceso a las escuelas de iniciación deportiva bajo un programa municipal que garantice equidad territorial, continuidad y seguimiento;
Por ello;
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CIUDAD PERICO
ORDENA:
ARTÍCULO 1°: Créase el Programa Municipal de Escuelas de Iniciación Deportiva, el cual funcionará bajo la órbita de la Dirección de Deportes del Municipio, con un enfoque integral, territorial, inclusivo y preventivo garantizando el acceso gratuito y equitativo.-
ARTÍCULO 2°: Este sistema municipal de acompañamiento infantil y comunitario a través del deporte tendrá como objetivo general garantizar el acceso equitativo al deporte para niños, niñas y adolescentes, priorizando los sectores más alejados y vulnerables de la ciudad. El Programa garantizará criterios de inclusión, igualdad de oportunidades y participación sin discriminación por razones sociales, económicas, culturales, de género o discapacidad.-
ARTÍCULO 3°: Son objetivos específicos del Programa:
- Promover la práctica deportiva sistemática como herramienta de inclusión social y desarrollo integral;
- Descentralizar y organizar la oferta municipal de iniciación deportiva;
- Desarrollar propuestas deportivas en distintos barrios y sectores periféricos de la ciudad;
- Favorecer hábitos de vida saludable a través del deporte y la alimentación adecuada;
- Fortalecer el trabajo comunitario y la integración entre distintos sectores de la ciudad.
- Realizar evaluación, seguimiento y fortalecimiento del Programa.
- Detectar dificultades operativas, promover mejoras en su implementación y adecuar las acciones –
ARTÍCULO 4°: La Dirección de Deportes será la autoridad de aplicación del presente Programa y tendrá a su cargo:
- La planificación, coordinación y ejecución de las Escuelas de Iniciación Deportiva;
- La asignación de profesores, instructores y personal idóneo;
- La articulación con otras áreas municipales y organizaciones intermedias;
- El registro y seguimiento de los niños, niñas y adolescentes participantes;
- Dictar normas operativas y coordinar las sedes barriales donde funcione el Programa (se adjunta anexo operativo).-
ARTÍCULO 5°: Créase el Legajo Deportivo Municipal Individual para cada niño, niña y adolescente participante del Programa Municipal de Escuelas de Iniciación Deportiva, el cual tendrá carácter confidencial y contendrá la información necesaria para el seguimiento deportivo, sanitario, social y educativo de cada participante.
El mismo deberá incluir, como mínimo:
- Datos personales y de contacto;
- Autorización de madre, padre o tutor;
- Certificado de aptitud física o constancia médica correspondiente;
- Registro de asistencia y participación en las actividades;
- Observaciones deportivas realizadas por los profesores o instructores;
- Intervenciones, derivaciones u observaciones efectuadas por las áreas de salud o gabinete psicopedagógico, cuando corresponda.
La autoridad de aplicación determinará las modalidades de registro, actualización y resguardo de la información, garantizando la protección de los datos personales de los participantes (se adjunta modelo de ficha de inscripción y seguimiento).-
ARTÍCULO 6°: El Programa deberá implementarse de manera articulada con el Área de Salud del Municipio, a fin de realizar un seguimiento integral de los participantes, incluyendo controles básicos, promoción de la salud y prevención de enfermedades con consentimiento de padres, madres o tutores cuando corresponda.-
ARTÍCULO 7°: Dispóngase el acompañamiento, orientación y derivación institucional cuando corresponda al Gabinete Psicopedagógico Municipal en aquellos casos que sean detectados durante el desarrollo de las actividades deportivas y que requieran seguimiento, orientación o intervención específica.-
ARTÍCULO 8°: Autorícese a la Dirección de Deportes a celebrar convenios de cooperación con la Cooperativa de Feriantes Mayoristas Frutihortícolas del Norte Argentino, o con otras entidades afines, a fin de recibir donaciones de frutas y otros productos destinados a la colación saludable de los niños y niñas que formen parte del Programa.-
ARTÍCULO 9°: La colación brindada en el marco del Programa deberá responder a criterios nutricionales saludables, promoviendo el consumo de frutas y alimentos adecuados para la actividad física.-
ARTÍCULO 10°: El Programa deberá garantizar una distribución territorial equitativa de las Escuelas de Iniciación Deportiva, priorizando barrios y sectores con menor acceso a propuestas deportivas priorizando indicadores de vulnerabilidad social, distancia geográfica y ausencia de actividades deportivas.-
ARTÍCULO 11°: La Dirección de Deportes organizará periódicamente encuentros deportivos inter-barriales, con el objetivo de fomentar la integración, la convivencia y el intercambio entre los distintos sectores de la ciudad. Dichas jornadas podrán ser utilizadas como instancias de evaluación, seguimiento y fortalecimiento del Programa Municipal de Escuelas de Iniciación Deportiva, permitiendo relevar necesidades, detectar dificultades operativas, promover mejoras en su implementación y adecuar las acciones desarrolladas conforme a la realidad y demanda de cada sector de la ciudad.-
ARTÍCULO 12°: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar convenios de cooperación, asistencia y fortalecimiento institucional con organismos públicos o privados, asociaciones civiles, clubes deportivos, cooperativas, fundaciones, empresas y demás entidades intermedias, con el objeto de mejorar, ampliar, acondicionar y fortalecer la infraestructura, equipamiento y funcionamiento de las sedes afectadas al Programa Municipal de Escuelas de Iniciación Deportiva. Asimismo, facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a adherir, gestionar y participar de programas provinciales, nacionales o internacionales que tengan por finalidad el desarrollo deportivo, la inclusión social, la promoción de hábitos saludables y la mejora de infraestructura deportiva comunitaria.-
ARTÍCULO 13°.- Créase un Consejo de Seguimiento y Evaluación integrado por representantes del Departamento Ejecutivo, Concejo Deliberante, centros vecinales, instituciones educativas, clubes deportivos y padres de los participantes, con carácter consultivo y de control social del Programa.
ARTÍCULO 14°.- Priorizase la contratación y participación de profesores de educación física, instructores y entrenadores con domicilio en Ciudad Perico, debidamente habilitados y registrados.
ARTÍCULO 15°.- El Programa garantizará la participación de niños, adolescentes y jóvenes con discapacidad mediante actividades adaptadas, accesibilidad física e inclusión deportiva.
ARTÍCULO 16°.- El Programa promoverá acciones preventivas sobre consumos problemáticos, violencia, Bullying, Grooming y salud mental en coordinación con organismos especializados.
ARTÍCULO 17°.- Los Centros Vecinales podrán solicitar la incorporación de sedes deportivas barriales mediante nota fundada ante la autoridad de aplicación.
ARTÍCULO 18°.- La autoridad de aplicación deberá elevar anualmente al Concejo Deliberante un informe detallando:
- cantidad de participantes;
- disciplinas desarrolladas;
- barrios alcanzados;
- recursos invertidos;
- convenios celebrados;
- resultados obtenidos.
ARTÍCULO 19°.- Créase el Torneo Municipal Interbarrial de Escuelas de Iniciación Deportiva, destinado a fortalecer la integración social y el intercambio entre los distintos sectores de la ciudad. Por ejemplo: fútbol, vóley, básquet, hockey, y otros deportes
ARTÍCULO 20°.- El Departamento Ejecutivo deberá elaborar un Plan de Recuperación y Mejoramiento de Espacios Deportivos Barriales, priorizando sectores con mayor vulnerabilidad social.
ARTÍCULO 21°.- Créase el Sistema Municipal de Becas Deportivas para niños, adolescentes y jóvenes destacados que acrediten situación socioeconómica vulnerable
ARTICULO 22°: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá garantizar la capacitación y actualización permanente de los profesores, instructores y agentes afectados a las Escuelas Municipales de Iniciación Deportiva, en materias vinculadas a:
- la enseñanza deportiva,
- primeros auxilios,
- prevención de lesiones,
- inclusión y protección integral de niños, niñas y adolescentes.
A tal fin, podrá celebrar convenios con instituciones públicas o privadas especializadas para el desarrollo de dichas capacitaciones
ARTÍCULO 23°: Los gastos que demande la implementación de la presente Ordenanza serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes, pudiendo el Departamento Ejecutivo realizar las adecuaciones necesarias.-
ARTÍCULO 24°: El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente Ordenanza dentro de los 30 días de su promulgación.-
ARTÍCULO 25°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES, 11 DE JUNIO DE 2.026.-
Walter Rolando Cardozo
Concejal A/C Presidencia
ΑΝΕΧΟ ΜODELO OPERATIVO
“PROGRAMA MUNICIPAL DE ESCUELAS DE INICIACIÓN DEPORTIVA CON ENFOQUE INTEGRAL, TERRITORIAL Y DE PROMOCIÓN DE LA SALUD.”
OBJETO DEL ANEXO
El Anexo Operativo tiene por finalidad establecer lineamientos generales para la implementación, organización, seguimiento y evaluación del Programa Municipal de Escuelas de Iniciación Deportiva.
ESTRUCTURA TERRITORIAL DEL PROGRAMA
1. División Territorial
El Programa se organizará mediante Sedes Deportivas Barriales distribuidas estratégicamente en distintas zonas de la ciudad.
Cada Sede Deportiva contará con:
-sede de funcionamiento;
-cronograma semanal;
-profesor o instructor responsable;
-registro de participantes;
-articulación con centros de salud, escuelas y organizaciones barriales.
2. Criterios de distribución territorial
La Dirección de Deportes priorizará:
-fortalecimiento de centros deportivos existentes;
-sectores con mayor vulnerabilidad social;
-zonas alejadas del casco céntrico;
-demanda comunitaria;
-disponibilidad de espacios públicos o comunitarios.
ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES
1. Categorías
-Las actividades podrán organizarse por grupos etarios:
Categoría Inicial: 5 a 7 años
Categoria Infantil: 8 a 10 años
Categoria Pre-juvenil: 11 a 13 años
Categoría Juvenil: 14 a 17 años
2. Frecuencia
Cada Escuela Deportiva deberá funcionar como mínimo:
-tres veces por semana;
-con duración mínima de 90 minutos por jornada.
SISTEMA DE REGISTRO Y SEGUIMIENTO
1. Legajo Deportivo Municipal
Cada participante contará con un Legajo Deportivo Municipal Individual, el cual contendrá:
-ficha de inscripción;
-autorización del tutor;
-certificado médico o apto fisico;
-registro de asistencia;
-observaciones deportivas;
-seguimiento sanitario y psicopedagógico cuando corresponda.
2. Registro de asistencia
Los profesores deberán llevar:
-asistencia diaria;
-registro de permanencia;
-observaciones relevantes.
La inasistencia reiterada podrá generar acciones de seguimiento o contacto con la familia.
ARTICULACIÓN INTERDISCIPLINARIA
1. Área de Salud
El Área de Salud Municipal podrá realizar:
-controles básicos;
-campañas preventivas;
-promoción de hábitos saludables;
-derivaciones sanitarias.
2. Gabinete Psicopedagógico
El Gabinete podrá intervenir ante:
-dificultades de integración;
-situaciones de vulnerabilidad;
-problemas de conducta;
-casos de posible abandono escolar;
-situaciones familiares complejas.
ALIMENTACIÓN SALUDABLE
Colación
El Programa promoverá la entrega de colaciones saludables consistentes prioritariamente en:
-frutas;
-alimentos nutritivos;
-hidratación adecuada.
ENCUENTROS INTERBARRIALES
La Dirección de Deportes organizará periódicamente:
-encuentros recreativos;
-jornadas deportivas;
-torneos formativos no competitivos;
-actividades integradoras entre barrios.
CAPACITACIÓN DEL PERSONAL
Los profesores e instructores podrán recibir capacitaciones sobre:
-primeros auxilios;
-RCP;
-prevención de violencia;
-abordaje infantil;
-inclusión y discapacidad;
-promoción de hábitos saludables.
EVALUACIÓN DEL PROGRAMA
La Dirección de Deportes elaborará informes periódicos sobre:
cantidad de participantes;
-asistencia;
-distribución territorial;
-disciplinas implementadas;
-indicadores de permanencia;
-intervenciones interdisciplinarias realizadas.
FICHA DE INSCRIPCIÓN Y SEGUIMIENTO
“PROGRAMA MUNICIPAL DE ESCUELAS DE INICIACIÓN DEPORTIVA CON ENFOQUE INTEGRAL, TERRITORIAL Y DE PROMOCIÓN DE LA SALUD.”
DATOS DEL PARTICIPANTE
Apellido y Nombre:
DNI:
Fecha de nacimiento:
Edad:
Domicilio:
Barrio:
Escuela a la que asiste:
Curso/Año:
Teléfono de contacto:
DATOS DEL MADRE/PADRE/TUTOR
Nombre y apellido:
DNI:
Vinculo:
Teléfono:
Domicilio:
Persona autorizada para retiro:
Teléfono de emergencia:
INFORMACIÓN MÉDICA
Grupo sanguineo:
Obra social:
Centro de salud de referencia:
Alergias:
Medicación habitual:
Enfermedades preexistentes:
¿Posee certificado de aptitud fisica? SI/NO
Observaciones médicas:
INFORMACIÓN DEPORTIVA
Disciplina:
Sede barrial:
Profesor responsable:
Días y horarios:
AUTORIZACIÓN
Yo en carácter de madre/padre/tutor autorizo la participación del menor en el Programa Municipal de Escuelas de Iniciación Deportiva.
Firma:
DNI:
Fecha:
SEGUIMIENTO TRIMESTRAL
Asistencia:
Participación:
Observaciones deportivas:
Observaciones sociales:
Observaciones sanitarias:
DERIVACIONES/INTERVENCIONES
Área de Salud:
Gabinete Psicopedagógico:
Otras observaciones:
Walter Rolando Cardozo
Concejal A/C Presidencia








